Nuevo decreto de la Seguridad Social: se permitirá a los autónomos cambiar la cuota cada dos meses

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La Seguridad Social ya tiene preparado y en audiencia pública un nuevo Real Decreto con cambios en el sistema de altas y bajas de los autónomos en el RETA.

La Seguridad Social quiere aprobar en breve un Real Decreto-ley que permitiría a los autónomos cambiar su base de cotización -y, por tanto, subir o bajar su cuota- seis veces al año. Esto es, cada dos meses. Actualmente, sólo se permite hacerlo en cuatro ocasiones dentro de un mismo ejercicio. Esta es una de las principales novedades de un nuevo texto legal que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha colgado en su página web, ya que se encuentra en proceso de audiencia pública. Su titular, José Luis Escrivá, quiere aprobarlo en poco más de un mes, antes de final de junio, y modificará -entre otras cuestiones- la forma de darse de alta y de baja del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). También se establece la obligación de informar al Ministerio sobre los rendimientos netos de la actividad (es decir, los ingresos menos los gastos de los autónomos) cada vez que cambie su base de cotización. Además, se exigirá aportar más información para trabajar por cuenta propia.

El documento del Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, que acaba de ser puesto en proceso de audiencia pública, modifica algunos aspectos más importantes del trabajo por cuenta propia. Parece que la intención de Escrivá es que vaya ligado a reforma del sistema de cotización de los autónomos en la que el Ministerio y las organizaciones de autónomos llevan trabajando desde hace meses. Por tanto, según fuentes de la Seguridad Social, la intención es aprobar este Real Decreto antes del próximo 30 de junio para cumplir con lo acordado por el Gobierno con Bruselas.

La voluntad del Ministerio sería que si en algún momento hubiera un sistema de cotización según los rendimientos netos de los autónomos, antes se les debería permitir al trabajador por cuenta propia cambiar su cuota más veces al año para ir adecuándola a los ingresos que va teniendo su negocio. 

Las nuevas fechas para poder cambiar la base de cotización

En concreto, la propuesta del Gobierno recoge la modificación y nueva redacción de una serie de artículos claves para la regulación del trabajo por cuenta propia. Entre ellos, destaca el cambio del apartado 1 del artículo 43 bis del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social. Esto es, la ampliación del número de fechas para que los autónomos puedan cambiar su base de cotización y su cuota. De manera que no serían cuatro oportunidades cómo hay actualmente, sino seis.

Según recoge el texto al que ha podido tener acceso este Diario digital a través del portal del Ministerio, los autónomos “podrán cambiar cada dos meses al año la base por la que vengan obligados a cotizar (sic), eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que les resulten aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la Tesorería General de la Seguridad Social”. Para ello, el Gobierno tiene previsto habilitar nuevas fechas para poder tramitar este cambio de base de cotización de los autónomos, que serían:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

La ampliación del número de veces que un autónomo puede cambiar al año su base de cotización es una medida que proviene de las organizaciones de autónomos. De hecho, esta es una de las peticiones que ha realizado en varias ocasiones la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que siempre ha defendido la necesidad que tienen los profesionales por cuenta propia de aprovechar los meses en los que hayan tenido mayores rendimientos económicos para cotizar más, y poder bajarse la cuota en los periodos de actividad en los que obtengan menos ingresos.

Los autónomos deberán informar sobre sus rendimientos económicos

No obstante, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones establece una nueva condición para la puesta en marcha de esta medida y es que los autónomos que quieran modificar su base de cotización, dentro de los plazos establecidos para ello, deberán informar sobre sus rendimientos económicos.