La Agencia Tributaria explica los plazos que tienen los autónomos para optar a módulos o IVA de caja en 2024

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La Agencia Tributaria avanzó que abrirá el próximo 1 de diciembre el plazo para que los autónomos opten o renuncien al régimen de estimación objetiva -módulos- y al sistema especial de criterio de caja. 

La Agencia Tributaria abrirá a partir del próximo 1 de diciembre el plazo para que los autónomos opten o renuncien al régimen de estimación objetiva -los módulos- y al de IVA de criterio de caja. El tiempo para comunicar su solicitud de acceso o su renuncia a cualquiera de los dos sistemas tributarios durará un mes, hasta el próximo 2 de enero de 2024.
Ambos sistemas son una pieza clave en la tributación de miles de autónomos. El régimen de estimación objetiva -que podría desaparecer a partir de 2025 con la futura reforma fiscal- permite a los trabajadores por cuenta propia pagar una única cuota en RENTA en función de algunos parámetros como el tamaño de su local o la potencia eléctrica contratada. Independientemente de cuánto ingresen cada año, los impuestos a pagar son siempre los mismos.

El sistema de IVA con criterio de caja, por su lado, permite a los autónomos no tener que abonar este impuesto indirecto a Hacienda en las liquidaciones trimestrales cuando tienen una factura impagada de un cliente. A pesar de que es una medida muy importante para el colectivo y que se ha demandado históricamente, lo cierto es que su nivel de acogida ha sido menor al esperado, entre otras cosas porque muchas grandes empresas dejan de trabajar con los pequeños negocios cuando ven que están adheridos a este sistema y no van a poder deducirse los impuestos de las facturas que aún no han pagado a sus proveedores.

Plazo para que los autónomos opten o renuncien al régimen de módulos y al IVA de caja

Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, el plazo para que los autónomos soliciten acceder de cara a 2024 al régimen de estimación objetiva o al sistema especial de IVA caja dará comienzo por norma general el próximo 1 de diciembre. 

En el caso particular del régimen de IVA de caja la solicitud de acceso, que tendría efectos desde el 1 de enero de 2024, se abrirá el próximo 1 de diciembre, a no ser que «acaben de comenzar la actividad. En este caso, la solicitud de acceso se deberá formular a la vez que la censal -a través del 036 o 037.-«, apuntaron las mismas fuentes.

Por otro lado, en el caso de que los autónomos quieran optar al año que viene al sistema de estimación objetiva o módulos y empezar a tributar con una cuota fija en 2024 podrán formular su solicitud también en diciembre, a no ser que inicien actividad «en cuyo caso deberán pedirlo en la primera declaración que presenten».

Es posible que para los módulos muchos autónomos deban esperar a que Hacienda publique la orden para el régimen de estimación objetiva, ya que aún no se sabe si se van a prorrogar los límites para poder optar al sistema y, por lo tanto, muchos trabajadores por cuenta propia no pueden saber si van a tener derecho.

En ambos casos, tanto para el IVA con criterio de caja como para los módulos, el plazo para formular esta solicitud, según el calendario publicado por la Agencia Tributaria terminará el próximo 2 de enero de 2024.

También se abre el 1 de diciembre el plazo para renunciar a módulos o criterio de caja

Además del plazo para acceder a estos sistemas especiales, Hacienda también abrirá el 1 de diciembre el periodo para solicitar la renuncia a los módulos o al IVA por criterio de caja, en caso de que el autónomo ya no esté interesado en tributar en cualquiera de estos dos sistemas.

En el caso particular del IVA de caja, podría ser que algunos de los autónomos o pymes que están adheridos quieran dejar de estarlo para 2024 por algún motivo como el temor de perder a un cliente por el hecho de formar parte de este sistema. Si así fuera, según la Agencia Tributaria, el plazo para renunciar al IVA de caja acaba el 2 de enero de 2024.

Por otro lado, en el caso del régimen de estimación objetiva, los autónomos pueden querer renunciar por varios motivos. El primero sería que este régimen ya no les compense porque prevén facturar muy poco y piensan que pagarán menos en 2024 si abonan impuestos en estimación directa.

El segundo motivo es que todavía está negociándose la prórroga de los límites para formar parte de este sistema. A día de hoy  los autónomos pueden acceder o permanecer -si ya están acogidos- al régimen de módulos siempre y cuando no hayan superado el umbral de 250.000 euros en 2023, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares. Si facturan a empresas, el umbral no debe superar los 150.000 euros anuales en 2023. 

Si no se prorrogan estos límites, el máximo pasaría a estar situado en 150.000 euros anuales o 75.000 para autónomos que facturan directamente a empresas.

En el supuesto de estar ya en el sistema de módulos y comprobar que se han superado estos límites y ya no se cumplen los requisitos, o que no se han superado pero el régimen ha dejado de ser ventajoso, Hacienda da hasta el 2 de enero para renunciar al sistema de cara a 2023.

Ahora bien, según apuntaron fuentes de la Agencia Tributaria, la renuncia también se puede hacer de forma tácita,  presentando en estimación directa el pago fraccionado del primer trimestre (el 20 de enero de 2024) o del primer trimestre del ejercicio, si inicias la actividad, con el Modelo 130.

Fuente: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/hacienda/agencia-tributaria-explica-plazos-que-tienen-autonomos-optar-modulos-iva-caja-2024/20231120000819033241.html