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Cómo darse de baja de autónomos. Infografía.

FUENTE: INFOAUTÓNOMOS 05/03/2019Mónica Martínez

Nos encantan las historias de emprendimiento y éxito, pero somos conscientes de que no todos los proyectos acaban triunfando.

Y poner fin a una actividad no es tan sencillo como cerrar la persiana y mirar al futuro. Hay burocracia con la que debes lidiar para dejar las cosas hechas bajo norma y evitar futuras reclamaciones.

Los especialistas de la asesoría online de Infoautónomos pueden realizar este papeleo por ti para que te olvides de todo y pases cuanto antes el “mal trago”. Pero si quieres hacerlo tú mismo, en esta infografía te dejo las claves para que te sea lo más fácil posible.

Pasos para darse de baja de autónomos

No podrás darte de baja como autónomo si no has saldado todas tus deudas con la Administración. Así que ese es el primer paso: comprobar que estás al día con la Administración. Pero no será el único.

Tienes que causar baja tanto en Hacienda como en la Seguridad Social cumplimentando los modelos correspondientes. Y, tendrás que hacer frente a las declaraciones trimestrales y anuales que te correspondan según el día en que causes baja.

Del mismo modo, pagarás solo por los días que hayas estado dado de alta en el mes. No como pasaba hasta el año pasado cuando tenías que hacer frente a todo el periodo aunque solo estuvieras activo 1 de los 30 días del mes.

Y la gran pregunta ¿cobrarás el llamado “paro del autónomo”, es decir, la prestación por cese de actividad?

Pues dependerá de varios factores. Para empezar que hayas estado cotizando por el cese un mínimo de 12 meses.

En esta infografía tienes, en resumen, los puntos claves para darte de baja de autónomos:

Infografía cómo darse de baja de autónomos

Etapas de un proyecto emprendedor (Infografía)

FUENTE: INFOUTÓNOMOS 04/03/2019Marina Rivero

La autogestión y flexibilidad laboral son dos ventajas de autoempleo. Si a estos incentivos se le suma tu necesidad de reiventarte profesionalmente y piensas en hacerte autónomo, permítenos orientarte sobre las tres etapas de un proyecto emprendedor:

1. Primera etapa de un proyecto emprendedor: la idea de negocio

Se trata del génesis de cualquier proyecto emprendedor. Es en este punto inicial en el que surge la iniciativa y con ella la idea de negocio. Entonces sometes esta idea a análisis mediante el estudio de mercado y el Plan de negocio; la realización del Plan de negocio, también llamado Plan de empresa, te permitirá conocer la viabilidad del proyecto y te facilitará la toma de decisión sobre el mismo.

2. Segunda etapa de un proyecto emprendedor: la puesta en marcha

Si te has decidido por llevar a cabo tu Plan de negocio es el momento de abrir una nueva etapa en la que sientes todas las bases para la puesta en marcha. Los primeros pasos estarán encaminados a la búsqueda de financiación y de otros recursos humanos y materiales necesarios como por ejemplo proveedores y lugar de trabajo.

Una vez dispongas de todo ello, has de darte de alta como autónomo en Seguridad Social y Hacienda para empezar a facturar. Si quieres realizar todos los trámites derivados de tu alta sin titubeos puedes confiar en el servicio de una asesoría fiscal online para ello.

3. Tercera etapa de un proyecto emprendedor: consolidación y crecimiento

Esta última fase cierra el periodo emprendedor y deja paso a la etapa de consolidación y posteriormente de crecimiento. En ella te planteas aumentar la plantilla o contratar a tus primeros trabajadores, lanzar nuevas líneas de productos o servicios o incluso expandirte el negocio a otros países en lo que se conoce como internacionalización. Incluso puedes puedes llegar a proyectar un cambio de modelo de negocio.

La clave del éxito de esta etapa está en la transición de autónomo a sociedad.

Guía para emprender

Capitalización o pago único del paro 2019. Infografía

FUENTE: INFOAUTÓNOMOS 19/02/2019Mónica Martínez

Si estás parado y tienes derecho a prestación por desempleo tienes la oportunidad de capitalizarla. Es decir, solicitar el pago único del paro 2019 para destinarlo a poner en marcha una idea de negocio.

Se trata de una medida para fomentar el empleo para aquella persona que quiera iniciar un negocio propio como autónomo. También si se quiere ingresar como socio de una SL o socio trabajador de una cooperativa o una sociedad laboral.

Te presentamos toda la información necesaria para que sepas en qué consiste la capitalización del paro y los requisitos para poder solicitarla. Sabrás cuál es la documentación necesaria y el uso del pago según la opción por la que te decantes.

Y todo, en una infografía clara y sencilla.

La memoria, el punto conflictivo

Uno de los puntos más conflictivos del pago único del paro 2019 es la elaboración de la memoria. Es imprescindible su presentación junto con la solicitud de la capitalización.

En ella tienes que incluir información acerca de la forma jurídica de tu proyecto, describir la actividad, indicar el domicilio social de la empresa, cuándo se producirá el inicio de la actividad… Además de si contratarás trabajadores, tus planes de inversiones y financiación, cuenta de pérdidas y ganancias, etc.

Algo que en principio puede parecer muy complicado, pero para lo que hemos preparado documentación específica. Desde aquí puedes acceder a nuestra sección de Utilidades donde tienes colgado un modelo de memoria explicativa del proyecto para solicitar el pago único del paro 2019.

Sin duda para emprender hay que tener una buena idea, pero sin financiación no podrás comenzar tu andadura. Por eso la capitalización o pago único del paro 2019, se presenta como una buena opción para contar con el capital inicial necesario para iniciar tu actividad.

Además, recuerda que los especialistas de Infoautónomos pueden orientarte en el proceso. También pueden ocuparse de todo el papeleo para darte de alta como autónomo. Es la manera más rápida y cómoda de comenzar esta nueva etapa laboral.

Obligaciones fiscales del comercio online

Fuente: INFOAUTÓNOMOS 25/02/2019Marina Rivero

El número de comercios electrónicos en España sube como la espuma año tras año; también lo hace su facturación. Incentivados por este auge, cada vez son más los emprendedores que se lanzan al comercio online. Si eres uno de ellos, seguro que te preguntas cómo funciona el pago de impuestos en un modelo de negocio así.

En las próximas líneas te explicamos las obligaciones fiscales del comercio online.

Cómo cumplir con las obligaciones fiscales del comercio online

Lo que debes tener muy en cuenta, tanto si vas a emprender con un negocio online como si estás ya inmerso en ello, es que los impuestos que rigen la actividad económica de naturaleza online son los mismos que los del comercio tradicional.

Las ventas de productos o prestaciones de servicios vía online, están sujetas a los impuestos habituales: IRPF, Impuestos de Sociedades e IVA, siempre que no se trate de una actividad exenta de IVA.

Veamos específicamente las obligaciones fiscales a las que nos referimos.

Alta en Hacienda

Para iniciar cualquier tipo de actividad económica, tanto profesional como empresarial, debes darte de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de Hacienda mediante el modelo 036 o modelo 037 (su versión simplificada).

Debes clarificar el tipo de actividad económica que realizas mediante la elección del epígrafe de actividad. Es posible que debas darte de alta solo en un epígrafe o en varios, en función de la naturaleza de los productos que vendas. Por eso lo más conveniente es confiar este trámite a un servicio de asesoría fiscal online. El epígrafe de actividad determinará el régimen fiscal por el vas a tributar.

No olvides solicitar el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) en caso de que como profesional o empresario vayas a realizar ventas o adquisiciones en otros estados miembros de la Unión Europea.

Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Este impuesto es común tanto a profesionales (a los que facturas con retención) como empresarios y particulares. Has de liquidarlo de forma trimestral, con independencia de si tributas por estimación directa normal o simplificada, mediante el modelo 130, o en la Declaración Anual de la Renta. ¿Qué obligación tienes de pagar el IRPF cada tres meses? En este artículo sobre el modelo 130 te lo explicamos.

Impuesto de Sociedades

Si tu negocio online es una sociedad debes tributar los beneficios obtenidos por la misma a través del Impuesto de Sociedades.

Impuesto de Valor Añadido (IVA)

Régimen de Recargo de equivalencia

Como norma general, el IVA de los comercios minoristas tributa por el Régimen simplificado de Recargo de equivalencia que se aplica en caso de productos adquiridos por el comerciante y puestos a la venta desde territorio nacional sin transformación alguna.

En caso de tributar el IVA por Recargo de equivalencia no has de presentar el modelo 303 ni realizar factura completa a tu cliente final salvo expreso deseo de este o salvo que el consumidor sea un profesional o empresario. En caso de que éste último sea residente en una estado miembro de la UE la factura que emitas no deberá llevar IVA siempre que ambos figuréis como operadores intracomunitarios. Dicha información se declara en el modelo 349.

Además has de comunicar a tu proveedor que te riges por este régimen. Mediante la factura emitida por tu proveedor pagas el IVA y el recargo adicional. Será el proveedor el encargado de abonar el impuesto ante Hacienda.

Por tanto, los comerciantes minoristas como sujetos pasivos del Impuesto, deberán presentar una declaración-liquidación no periódica (modelo 309) por las adquisiciones intracomunitarias de bienes o inversiones del sujeto pasivo realizadas en un período determinado.

Asimismo, también deberás ingresar mediante dicha declaración-liquidación no periódica el IVA y el Recargo de equivalencia que corresponda a los bienes adquiridos que van a ser objeto de comercio.