Buzón de denuncias obligatorio: último mes para que los negocios lo pongan en marcha y eviten sanciones

Más de 20.000 pymes tienen sólo un mes para adaptarse a la nueva obligación de tener un buzón de denuncias a disposición de sus trabajadores. A partir del 1 de diciembre, la Inspección ya podrá sancionar a los negocios que no lo hayan incorporado.

Los pequeños negocios tienen sólo un mes para adaptarse a la nueva obligación de contar con un buzón de denuncias accesible para los trabajadores. Este nuevo sistema que deberán tener todas las pymes consiste en un canal para que los negocios puedan recibir y gestionar las denuncias de sus empleados sobre cualquier materia que afecte al ámbito laboral. A partir del 1 de diciembre, la Inspección ya podría empezar a multarles si no hubieran implementado la herramienta todavía.

Antes de verano entró en vigor la primera fase de la nueva obligación que va afectar a miles de empresas españolas, tanto grandes, como medianas y pequeñas. El pasado 13 de junio terminó el plazo para que los negocios de más de 250 empleados en plantilla incorporen un buzón de denuncias, donde los trabajadores puedan comunicar cualquier infracción que hayan detectado en la actividad.  

Así quedó recogido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que estableció dos plazos para que las empresas se adapten a esta obligación: la primera etapa que ya ha concluido, iba dirigida a negocios con más de 250 empleados. Las actividades que tienen entre 50 y 249 trabajadores en plantilla contaban con un periodo transitorio más amplio,  que terminará el próximo 1 de diciembre. A partir de ese momento, la Inspección podrá empezar a sancionar también a estos negocios si todavía no han implementado el sistema de denuncias.

En ambos casos, los negocios que no cumplan su obligación de tener un buzón de denuncias una vez concluido el plazo de adaptación se enfrentarían a multas por parte de la Inspección de Trabajo de hasta un millón de euros. De momento, sólo están obligadas las actividades más grandes, pero en apenas un mes la obligación se extenderá al resto de las pequeñas y medianas empresas.

Más de 20.000 pymes deben implantar el buzón de denuncias antes del 1 de diciembre

Según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en España habría más de 26.000 empresas con más de 50 trabajadores que tendrán que poner en marcha el nuevo ‘Sistema Interno de Información’. De esos 26.000 negocios, se calcula que alrededor de 6.000 tienen más de 250 empleados y ya tendrían que tener el buzón de denuncias activo.

FUENTE: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/legislacion/buzon-denuncias-obligatorio-ultimo-mes-que-negocios-pongan-marcha-eviten-sanciones/20231027143422032894.html

Los asesores fiscales proponen a los autónomos acciones para desgravar de cara a la próxima RENTA

Hasta que finalice el año, autónomos y pequeños negocios tienen tiempo de realizar algunas acciones para desgravar y reducir el impuesto de IRPF cuando se presente la Renta el próximo año. Desde de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios proponen algunas opciones.

Hasta que finalice el año, autónomos y pequeños negocios tienen tiempo de realizar algunas acciones de cara a poder desgravar y reducir el impuesto de IRPF cuando se presente la Renta del actual ejercicio, en la primavera de 2024. A estas alturas de calendario ya serán conscientes de lo que pueda ser casi la globalidad de su actividad y la facturación anual que han mantenido desde enero.

Así pues, antes del 31 de diciembre, tienen varias opciones que pueden contribuir a una deducción del importe a ingresar en la próxima declaración, si “les sale a pagar”. Desde planes de pensiones y planes de previsión empresarial, pasando por suscribir algún seguro, invertir o vender fondos en los que hayan tenido pérdidas y, sobre todo, estudiando las posibles deducciones que cada comunidad autónoma tiene de manera específica y cuáles de éstas se podrían aplicar.

Posibles acciones para deducir y desgravar en la Renta que se presentará en 2024

María Dolores Ortega, vocal de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET), ya advierte que no son muchas las medidas que se pueden tomar, pero algunas sí resultan muy interesantes de cara a aminorar el coste fiscal de la declaración de la próxima Renta. Destaca las siguientes opciones:

  • Planes de pensiones de empleo simplificados para autónomos. En la actualidad, se han reducido los incentivos para los planes de pensiones y están más favorecidos los de previsión empresarial. Los planes de pensiones personales están limitados a 1.500 euros de aportación desgravables al año. Sin embargo, en los planes de pensiones de empleo simplificados para autónomos permiten desgravarse hasta 4.750 euros anuales.
  • Seguros de para empleados. Si el trabajador tiene un seguro de enfermedad particular y el dueño del negocio o el autónomo se lo abona como parte del salario, eso supone un gasto para la empresa que va a favor del trabajador y éste no lo tiene que declarar como retribución (dentro de un límite). También se podría dar este mismo caso en seguros de vida. Es decir, hay ciertos seguros que los paga el autónomo a favor de su o sus asalariados; es una retribución que se desgrava el dueño del negocio porque es parte del salario y esa parte del salario no la tiene que declarar el trabajador porque está exenta de IRPF.
  • Seguros para el propio autónomo. Contratar un seguro por parte del trabajador por cuenta propia también puede suponer una deducción en la declaración que del ejercicio de 2023, como puedan ser los de responsabilidad civil o los de salud.
  • Obras de mejora para la eficiencia energética. Las deducciones por obra de mejora para la eficiencia energética del hogar son muy interesantes, porque suponen un descuento directo y hay que aprovechar ahora, antes de final de año, ya que aún hay tiempo para asesorarse sobre qué tipo de mejoras son las que están bonificadas, o las que tienen deducciones, y poder aplicarlas.
  • Inversiones: para compensar y con ventas a pérdidas. Es un buen momento para planificar las inversiones y poder compensar las pérdidas que haya habido en el ejercicio. Y, por el contrario, si por ejemplo se tienen fondos de inversión que hayan dado como resultado pérdidas, a lo mejor es momento de venderlos para compensar con otros productos que hayan dado beneficios.
  • Compra de maquinaria y equipamiento. También se puede invertir en comprar equipamiento o maquinaria, pues se amortiza y puede generar una reducción al pagar el IRPF.
  • Invertir en negocios de reciente creación. Una interesante opción para lograr una deducción es invertir en negocios de reciente creación, dentro del período de los tres primeros años desde su constitución y manteniendo esa participación inversora entre tres y doce años. Opción, además, a la que pueden acceder familiares a partir del tercer grado. Pero hay que tener en cuenta que esto es algo que depende de cada comunidad autónoma y en lo que habrá que recabar información a nivel autonómico.
  • Deducciones específicas de cada comunidad autónoma española. Otra acción a tener en cuenta son las posibles deducciones con la que cuenta cada comunidad autónoma, de manera específica, y cuáles podrían aplicarse en la declaración.
  • Donaciones a fundaciones y ONGs. Esta opción también se puede contemplar, ya que deducen algo, aunque sea poco.
  • Deducción por maternidad. A la deducción por maternidad para las madres trabajadoras con hijos menores de tres años que existía, se añade una novedad, y es que ahora también se la pueden aplicar las madres que tienen hijos menores de tres años que se encuentren en situación de desempleo o que estén recibiendo el ingreso mínimo vital.