Lauber Consultores y Asesores es un grupo de asesores que desde 2015 da servicio de asesoramiento, consultoría y tramitación en Alcalá de Henares y toda la zona del Corredor del Henares para grandes y medianas empresas, pymes o autónomos.

Beneficios de tener un buen asesor fiscal.

Te aporta una valiosa sensación de seguridad

Lo primero es lo primero; cuando tienes un buen profesional en materia fiscal, puedes estar tranquilo en el momento que la empresa requiera presentar informes, responder o solventar posibles requerimientos de Hacienda. Esto es debido a que el asesor fiscal tiene muchas funciones y te podrá ayudar en todos los aspectos fiscales y tributarios

Este tiene la experiencia y los conocimientos para hacer una excelente gestión.

Puedes dedicarte a otros asuntos importantes

Una vez que delegas estas gestiones a un asesor fiscal, tendrás todo el tiempo para dedicarte a asuntos relacionados con tu negocio y dejar que esta persona se encargue de toda esta tramitación: declaraciones, impuestos, comunicaciones y otras acciones.

Evitas posibles sanciones

Uno de los principales errores de los emprendedores es creer que toda está bajo control y que presentar un informe a la Agencia Tributaria es una tarea sencilla, pero no es así. Presentarlo de manera incorrecta podría generar posibles sanciones. Y estas son las sanciones más comunes en los autónomos.

No olvidemos que cualquier presentación fraudulenta produciría sanciones a tu empresa, de este punto radica la importancia de contar con un asesor fiscal que actúe bajo el marco de la ley.

Autónomos en España: cómo afecta y cuánto sube la cuota con la subida del SMI

Si sube el SMI suben un 0,3% las cuotas de autónomos 

Desde el Ministerio de Asuntos Económicos no han especificado la cuantía del posible aumento del SMI, que actualmente es de 950 euros. Aunque la decisión de subir el SMI en los próximos meses aun no se ha tomado, la previsión es que vaya subiendo con el paso de los meses hasta alcanzar, al menos, los 1.094 euros en el 2023.

La subida no solo afectaría a los trabajadores por cuenta ajena y empresarios, también impactaría de manera directa en los autónomos y en la cuota mensual que pagan a la Seguridad Social. Si se sube el SMI, las cuotas de autónomos por contingencias profesionales y por cese de actividad pasarán de un 30,3% a un 30,6%. Las cuotas que no aumentarían su cuantía son las de contingencias comunes y la de formación profesional.

Por lo tanto, la cotización por la base mínima pasaría de 286 euros a 289 euros, en el peor de los casosLa cotización por la base máxima subiría de 1.233 euros a 1.245 euros mensuales. Este aumento supondría una subida de 36 euros anuales para los autónomos que cotizan la base mínima y de 144 euros para los que cotizan el máximo. Se trata de una subida que ya estaba planeada, ya que se incluía en los Presupuestos generales de 2021, pero que finalmente no se llevó a cabo por la complicada situación económica que atraviesa el país a raíz de la pandemia. 

Paralizada la reforma de la cotización de los autónomos

La reforma que estudiaba el Gobierno para que los autónomos coticen los ingresos reales está paralizada. Aún así, la intención del Gobierno de Pedro Sánchez, si la medida se lleva a cabo finalmente y es aprobada en el Congreso de los Diputados, es que entre en vigor en el 2023. Esta nueva normativa sería negativa para los trabajadores por cuenta propia, que empezarían a pagar hasta 934 euros más al mes.

Fuente: https://as.com/diarioas/2021/08/05/actualidad/1628152629_856449.html

El Gobierno crea una web para intentar contestar la avalancha de preguntas de los autónomos sobre los fondos europeos

Los autónomos deberían ser una parte crucial para la ejecución del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR) que el Gobierno quiere poner en marcha en los próximos años. Ante ello, el Ejecutivo lanzó la semana pasada una nueva página web para dar respuesta a la avalancha de preguntas que se hacen los trabajadores por cuenta propia sobre los fondos Next Generation. A través de este nuevo portal, se les vuelve a informar someramente sobre cómo se va a repartir el dinero que debe llegar de Europa y sobre su gestión a través de las comunidades autónomas. También aborda las convocatorias abiertas en la actualidad, presenta algunas a las que los autónomos ya pueden acceder desde hoy y un buscador. 

Este plan financiado por la UE cuenta con un presupuesto de 140.000 millones de euros, de los cuales alrededor de 72.000 son ayudas fondo perdido. Se trata de subvenciones que se focalizan en los nuevos modelos energéticos, la movilidad eléctrica, I+D y formación. Entre todos ellos, destaca un objetivo fundamental que es específicamente la digitalización del tejido productivo español. El 17% del presupuesto de este plan irá destinado a autónomos y pequeños negocios en materia de digitalización. Sin embargo este nuevo portal web no aborda la cuestión esencial de dónde y cómo pueden acceder los trabajadores por cuenta propia a estas ayudas.

¿Quiénes pueden acceder a este plan? ¿Cuál es la cuantía de las ayudas? ¿Son a fondo perdido? ¿Hasta cuándo pueden solicitarse? Estas pueden ser alguna de las preguntas que muchos autónomos se estén haciendo respecto a al PRTR. Por el contrario, los trabajadores por cuenta propia que naveguen por este nuevo portal web del Gobierno no conseguirán respuestas detalladas del PRTR.

Un buscador de licitaciones y subvenciones para los autónomos

La nueva página del Gobierno enfocada a los fondos se limita a señalar que, conforme vaya llegando el dinero y se vayan activando las iniciativas, se irá publicando convocatorias de ayudas o de licitaciones en los ministerios, las empresas públicas estatales, las comunidades autónomas y los ayuntamientos u otras entidades locales.

El Ejecutivo ha dispuesto en esta nueva web un buscador o asistente de búsqueda para que los trabajadores por cuenta propia puedan acceder a las subvenciones, quizás lo más llamativo y útil de todo el portal. Para ello, el propio buscador irá preguntando al trabajador por cuenta propia respecto a la categoría que quiera acceder, ya sea una licitación pública o una ayuda. Asimismo, irá guiando al emprendedor si tiene o no experiencia previa en solicitudes de este tipo. De este modo, el trabajador por cuenta propia podrá buscar por actividad económica, organismo o ubicación geográfica.

Convocatorias a las que ya pueden acceder a los autónomos

Aunque muchos de los proyectos aún no se han puesto en marcha, éstos se irán ejecutando dentro de un marco estratégico de actuación, actualmente los autónomos ya pueden acceder a distintas convocatorias de ayudas entre las que destacan las siguientes:

  • Fondo Next Tech: Tiene como objetivo fomentar el desarrollo de proyectos digitales innovadores de alto impacto y la inversión en empresas en crecimiento (scale-ups).
  • Plan Moves III: Ayudas para la compra de vehículos eléctricos e híbridos enchufables como turismos, furgonetas o motos, así como la adquisición e instalación de infraestructuras de recarga de acceso público y de uso privado.
  • Rehabilitación energética de edificios
  • Integración de la Inteligencia Artificial y la robotización: Se financiará proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental para la transformación digital de la economía y la sociedad en materia de inteligencia artificial.
  • Emprendedoras digitales: Se busca apoyar e impulsar, a través de la financiación, proyectos de emprendimiento digital femenino y reducir la brecha de género existente en este ámbito.
  • Proyectos de Investigación de Medicina Personalizada de Precisión: En esta materia, el Ejecutivo quiere fomentar el despliegue progresivo de la medicina personalizada de precisión en el sistema sanitario mediante la financiación de proyectos de I+D+I que hagan posible el desarrollo e implantación de acciones clínico-asistenciales que, bajo el concepto global de la medicina de precisión, permitan incrementar la eficacia en personas y servicios de salud de diferentes procedimientos de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.

El portal no entra en detalle sobre los objetivos para los autónomos

Ante la pregunta, “¿De qué manera tiene en cuenta el Plan de Recuperación a las pymes?”, el nuevo portal del Gobierno vuelve a enumerar los proyectos del plan y a derivar la búsqueda al dossier de 76 páginas de ‘Impulso a la Pyme’. Estos son algunos de los proyectos que el Ejecutivo menciona en su nuevo portal web :

  • La implantación del Programa Digital Toolkit para un millón de pequeños negocios: Este proyecto tiene como objetivo impulsar la digitalización de las pequeñas empresas (10 a 49 empleados), las microempresas (1 a 9 empleados) y los trabajadores autónomos de cualquier sector, elevando su nivel de madurez digital. Asimismo, la selección de los beneficiarios de esta ayudase realizará mediante convocatorias en concurrencia no competitiva. En este sentido, el programa subvencionará parcialmente la adopción de soluciones digitales básicas como la presencia en Internet de los negocios, la venta electrónica, ciberseguridad o marketing digital.
  • Programas Agentes de Cambio: Este programa tiene como objetivo apoyar al menos a 15.000 pequeños negocios y autónomos españoles en sus procesos de transformación digital. En especial, una ayuda para la incorporación de un profesional experto en digitalización durante un año con un importe máximo de 20.000 euros. Cabe destacar, que esta ayuda será exclusiva para los negocios que estuvieses adscritos a la Seguridad Social con fecha anterior a octubre de 2020.
  • Acelera PYME 2.0: A través de este proyecto, el Gobierno invertirá en ampliar la infraestructura de apoyo a la digitalización de los pequeños negocios. Para ello, pondrá en marcha servicios de asesoramiento y formación. En este sentido, se trataría de un órgano que actuaría como plataforma de asesoramiento, acompañamiento y soporte de todos los programas mencionados anteriormente.
  • Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras: Por otro lado, este programa busca fortalecer la cadena de valor de los diferentes sectores industriales, fomentando su digitalización y ayudando a las pymes para que no se queden atrás en la revolución digital.
  • Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH): Se trata de un Programa de apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH), como estructuras de soporte que ayudan a las empresas a ser más competitivas, a través de la mejora de sus procesos de negocio y productivos a través del uso intensivo de las tecnologías digitales.
  • Plan de internacionalización para los pequeños negocios: Alrededor de 2.500 negocios podrán participar en proyecto de apoyo para su internalización. Para ello se apostará por una política activa de apertura de mercados y de lucha contra el proteccionismo, junto a un acompañamiento de las instituciones en materia financiera y de formación.
  • Estrategias de emprendimiento: Dicha estrategia contempla un conjunto de instrumentos para apoyar el emprendimiento innovador, incluyendo una Ley de startups, para crear un marco favorable para la constitución y crecimiento de empresas emergentes altamente innovadoras, y un fondo público-privado NEXT-TECH para escalar las start-ups en tecnologías disruptivas. Esta acción tendrá como objetivo a 6.900 emprendedores, de los cuales 2.000 irán dirigidas a autónomas y propietarias de negocios.

Fuente: ÁLVARO PÉREZ

https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/todo-digital/gobierno-crea-web-intentar-contestar-avalancha-preguntas-autonomos-fondos-europeos/20210726141936024873.html?utm_source=social&utm_medium=whatsapp&utm_campaign=share_button

¿Cuándo puede cambiar un autónomo de estimación directa a módulos?

Los autónomos cuentan con dos formas de calcular el IRPF que tendrán que abonar a Hacienda cada trimestre: el sistema de estimación directa y el de estimación objetiva. Sin embargo, no todos los trabajadores por cuenta propia tienen el poder de decisión para elegir un sistema u otro, pero algunos pueden cotizar en cualquiera de los dos.

Sistema de estimación directa

El sistema de estimación directa es el régimen de tributación del IRPF al que pertenece la gran mayoría del colectivo. No obstante, formar parte de él depende del volumen de facturación y el tipo de actividad que se desarrolle, por lo que no cualquier trabajador puede incluirse en él.

Este régimen tiendo dos vertientes que se diferencian por el resultado del cálculo de los rendimientos de sus actividades económicas: normal o simplificada.

Estimación directa normal

Dentro de este sistema se incluyen aquellos profesionales cuya cifra de negocio supere los 600.000 euros al año. Sin embargo, también se puede formar parte de él de manera voluntaria, aunque el resultado sea inferior.

Estimación directa simplificada

A este régimen pertenecen todos aquellos autónomos cuya cifra anual de negocio sea inferior a los 600.000 euros. También pueden formar parte aquellos cuya actividad no forma parte del régimen de estimación objetiva o no forma parte del régimen de estimación directa normal.

Sistema de estimación objetiva

El sistema de módulos, o estimación objetiva, se diferencia de los otros dos regímenes en que los impuestos no se miden en función del beneficio recaudado. En su lugar, se abonan según los parámetros que establece la Administración: los módulos.

Esto se debe a que es muy habitual que determinados autónomos cobren a sus clientes en efectivo, como los bares, los restaurantes, las carnicerías y pescaderías, entre otros pequeños negocios similares.

¿Cuándo puedo cambiar de sistema de tributación como autónomo?

No todos los autónomos pueden, es necesario que se cumplan ciertos requisitos. No obstante, aquellos que si pueden cambiar la opción de estimación directa a estimación objetiva o de objetiva a directa deben hacerlo en el mes de diciembre; para que el cambio se haga efectivo al empezar el siguiente año. Aunque también se puede llevar a cabo este cambio en el primer trimestre del año, presentando el modelo de pago a cuenta del IRPF que corresponda a la estimación elegida.

Para poder llevar a cabo este cambio, los requisitos son los siguientes:

– Llevar a cabo una actividad que esté incluida en la Orden que desarrolla el Régimen de Estimación Objetiva.

– No superar los límites establecidos de facturación para cada actividad.

– El volumen de ventas del ejercicio anterior no puede superar los 250.000 euros.

– Las facturas no pueden superar los 125.000 euros anuales.

– El volumen de compras no debe supere los 250.000 euros.

– No haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado de IVA o IGIC canario, o los regímenes especiales especial de Agricultura, Pesca o Ganadería.

– No realizar otras actividades que tributen en Estimación Directa Normal o Simplificada.

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Fuente: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11317303/07/21/Cuando-puede-cambiar-un-autonomo-de-estimacion-directa-a-modulos.html

Así es el método para calcular las cuotas de los autónomos a la Seguridad Social en 2021

  • Es clave la elección de la base de cotización por parte del profesional
  • Escrivá plantea una reforma del sistema que entre en vigor en 2022

El pago de las cuotas a la Seguridad Social es la mayor responsabilidad que el autónomo tiene al margen de los clientes. Estos profesionales han de tener en cuenta que hay que afrontar estas cantidades para estar al día con el organismo y, a su vez, poder optar a diferentes ayudas o prestaciones.

Pero, ¿qué cuota hay que pagar a la Seguridad Social? En la práctica, todo depende de la base de cotización que elija el autónomo. Se trata de la cantidad que el profesional por cuenta propia envía al organismo como referencia para cotizar por una cobertura de jubilación, incapacidad temporal o permanente, asistencia médica, viudedad u orfandad, entre otros.

Para 2021, y de momento hasta que aumente el Salario Mínimo Interprofesional, estas cuotas alcanzarán el 30,3% de la base de cotización. Aquí se incluye un 28,30% de contingencias comunes, un 1,30% de contigencias profesionales, un 0,90% de cese de actividad y un 0,10% de formación profesional, tal y como explica la Seguridad Social.

Así, habrá que aplicar este porcentaje a la base de cotización elegida. En 2021 la base mínima es de 944,40 euros (da lugar a unas cuotas de 286 euros mensuales) y la base máxima de 4.070,10 euros (1.232 euros mensuales), por lo que el autónomo puede elegir cualquiera de las cantidades comprendidas entre el mínimo y el máximo, pudiendo cambiar hasta en cuatro veces dicha base a lo largo del año.Esto es lo que deben hacer los autónomos para cobrar el 100% de la pensión y aumentar su cuantía

Sin embargo, hay excepciones en función de la edad: las personas que a 1 de enero de 2021 tuviesen 47 años y tuvisen bases de cotización inferiores a 2.052 euros solo podrán elegir bases de entre la minima y 2.077,80 euros.

Los autónomos de 48 años o más tendrán una base mínima de 1.018,50 euros a no ser que hayan cotizado al menos cinco años como autónomo.

Un ejemplo: así se calcula la cuota de autónomos

Pongamos el ejemplo de un autónomo que tiene 35 años y que acredita una base de cotización de 1.000 euros desde comienzos de año. Tiene que afrontar un pago del 30,3% de dicha base, por lo que este se eleva a 303 euros mensuales.

Si, pasados unos meses, justo a mitad de año, decide cambiar su base de cotización y elevarla a, por ejemplo, 1.500 euros, durante los otros seis meses del año ha de pagar el 30,3% de esa cantidad: 454,5 euros.

Así será la reforma de las cuotas que plantea Escrivá

Este es el sistema que impera actualmente, pero está sujero a revisión y probablemente cambie en 2022, fecha en la que se prevé la entrada en vigor del nuevo sistema de cuotas para autónomos ideado por José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Este nuevo sistema, llamado de tramos por ingresos reales, contará hasta con 13 tramos diferentes a elegir por parte de los autónomos, que podrán ir cambiando de uno en otro según sus preferencias y por hasta seis veces cada año.

Fuente: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11308940/07/21/Asi-es-el-metodo-para-calcular-las-cuotas-de-los-autonomos-a-la-Seguridad-Social-en-2021.html

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CUATRO PRESTACIONES CON DIFERENTES CUANTÍAS Cuánto pueden cobrar los autónomos con las nuevas ayudas por cese de actividad

Los autónomos podrán solicitar hasta septiembre cualquiera de las cuatro prestaciones por cese de actividad disponibles desde el 1 de junio. Esto es lo que cobrarán con cada una de las ayudas. 

Cuanto antes se soliciten estas ayudas, mejor, ya que esta vez, en la mayoría de los casos, las prestaciones se empezarán a abonar desde el primer día del mes siguiente a la solicitud (antes era desde el día siguiente). Por lo tanto, si un autónomo lo solicita en este mes de junio, cobrará el dinero y estará exento desde el 1 de julio, mientras que si lo solicita el 1 de julio, empezaría a cobrar y a beneficiarse de las exenciones desde el día 1 de agosto. 

Pero esta no es la única novedad en las prestaciones. En algunas casos, también ha cambiado la cuantía a la que podrán acceder los autónomos solicitantes en las diferentes modalidades de cese de actividad. Así pues, dependiendo de las circunstancias y de la ayuda a la que accedan, la cuantía a cobrar podrá ser, o bien un 50% de la base mínima (460 euros), o bien un 70% de la base de cotización del autónomo (es decir, entre 660 euros y 995 euros, ya que el máximo está topado en un 175% del IPREM de 2021). 

¿Cuánto cobra un autónomo en cada una de las ayudas por cese de actividad? 

El Real Decreto Ley 11/2021 regula las nuevas ayudas hasta el próximo 30 de septiembre y establece los requisitos de las cinco nuevas modalidades: cuatro distintas prestaciones, de las que dos son para cubrir a los autónomos que esperan en los próximos meses una caída de ingresos y baja facturación, otra para casos en los que la autoridad sanitaria correspondiente les cierre el negocio, y una última para cubrir a los trabajadores por cuenta propia de temporada. Así mismo, y como novedad, se pone en marcha una exoneración en las cuotas hasta septiembre que, como ocurrió el verano pasado, será decreciente mes a mes y cubrirá a todos aquellos autónomos que, habiendo percibido el cese de actividad hasta mayo, no pidan las demás prestaciones.   

POECATA: prestación de un mínimo de 661 euros y un máximo de 995 euros

A partir de junio, los autónomos que todavía conserven periodo contributivo -es decir, aquellos que lo hayan empezado a cobrar más tarde de octubre de 2020, o que cotizaran por cese antes de 2019, por ejemplo- podrán acceder de nuevo a la prestación compatible con la actividad hasta septiembre. Este cese de actividad será, una vez más, del 70% de la base de cotización del autónomo.  

Esto significa que la cuantía de la prestación que cobre cada autónomo dependerá de la suma de las bases por las que haya cotizado en los últimos 12 meses. Tras calcular la media de cotización en el año previo a su solicitud, se determinará la cuantía, siendo 661 euros lo mínimo que podría cobrar – si cotiza por la mínima de 945 euros- y 995 euros la máxima, ya que lo máximo que se puede percibir está topado en un 175% del IPREM para 2021 (que es de 564 euros). 

Así pues, a partir de una base de cotización de 1.370 euros, la cuantía mensual a percibir por el autónomo pasará a estar topada en los 995 euros. 

Sólo 460 euros si el autónomo está en pluriactividad

Cabe recordar que la prestación será el 50% de la base mínima de cotización que corresponda en función de la actividad, para los autónomos que estén en pluriactividad. Es decir, en este caso, los trabajadores por cuenta propia percibirán una cuantía fija de 460 euros, independientemente de la base por la que hayan estado cotizando.

Durante el tiempo que esté percibiendo el autónomo esta prestación deberá ingresar a la Tesorería General de la Seguridad Social la totalidad de su cuota mensual. Luego, la mutua le abonará al trabajador por cuenta propia, en un mismo ingreso junto con el importe de la prestación, el importe de las cotizaciones por contingencias comunes, que son alrededor del 98% de lo que paga el autónomos.

Esto significa que si el autónomo cotiza sobre la base mínima de 944,40, la mutua le devolverá 267,26 euros y el autónomo asumirá 18,88 euros. Es decir, cobrará 661 euros de la prestación en este caso, más 267 euros de las cuotas que pagó a final de mes y se le devuelven.

Prestación extraordinaria para aquellos que no puedan acceder a la POECATA: 460 euros fijos

Como novedad, los autónomos que a 31 de mayo de 2021 vinieran percibiendo alguna de las prestaciones de cese de actividad del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero y no puedan causar derecho a la prestación compatible con la actividad (POECATA), podrán acceder a partir del 1 de junio de 2021 a la prestación de cese de actividad extraordinaria.

Esta nueva modalidad acogerá a todos aquellos que además de no poder acceder a la POECATA cumplan algunos requisitos como encontrarse dados de alta a 1 de abril de 2021, o no tener rendimientos netos fiscalmente computables procedentes de la actividad por cuenta propia en el segundo y tercer trimestre de 2021 superiores a 6.650 euros. Además, deberán acreditar en el segundo y tercer trimestre de 2021 unos ingresos fiscalmente computables de la actividad por cuenta propia inferiores a los habidos el primer trimestre de 2020. Aunque, parece ser que esta vez no se ha fijado un porcentaje de caída de ingresos específico para el acceso.

La cuantía de esta prestación extraordinaria será del 50% de la base mínima de cotización, y no de la base de cotización del autónomo. Es decir, sería, por norma general, de 460 euros fijos al mes.  

Sólo 378 euros si se vive con otro solicitante de la prestación

Ahora bien, la prestación será de un 40% de la base mínima cotización que corresponda por la actividad desarrollada para el caso de que convivan en un mismo domicilio personas con vínculo familiar o análogas donde dos o más miembros tengan derecho a esta prestación. Es decir, 378 euros fijos al mes para cada uno de los convivientes solicitantes.

Al igual que sucede con la POECATA, durante el tiempo que esté percibiendo el autónomo esta prestación deberá ingresar a la Tesorería General de la Seguridad Social la totalidad de sus cotizaciones. Luego, la mutua le abonará al trabajador por cuenta propia, en un mismo ingreso junto con el importe de la prestación, el importe de las cotizaciones por contingencias comunes, que son alrededor del 98% de lo que paga el autónomos.

Esto significa que si el autónomo cotiza sobre la base mínima de 944,40 la mutua le devolverá 267,26€ y el autónomo asumirá 18,88€. Es decir, cobrará 460 euros, por norma general, de la prestación, más 267 euros de las cuotas que pagó a final de mes y se le devuelven. 

Prestación extraordinaria por cierre de la actividad: 661 euros fijos

Una vez más, el nuevo decreto también prorroga la prestación extraordinaria por suspensión de la actividad decretada por las autoridades sanitarias. Frente a posibles rebrotes del virus, a partir del 1 de junio de 2021 aquellos autónomos que se vieran obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de la adopción de medidas restrictivas por parte de autoridad competente tendrán derecho a una prestación económica extraordinaria. 

Como hasta ahora, para acceder a esta prestación tan sólo hará falta haber sufrido el cierre por decreto de la Administración. Precisamente la fecha de cierre es el momento desde que el autónomo podrá solicitar esta prestación ante su mutua, rellenando el formulario correspondiente y firmando una declaración responsable. 

En este caso, la cuantía será del 70% de la base mínima de cotización que le corresponda a la actividad, es decir, 661 euros por norma general, independientemente de la base por la que cotice. 

Sólo 378 euros si vive con otro beneficiario de la prestación

Sin embargo, la cuantía será de un 40% de la base mínima de cotización, es decir, 378 euros,  cuando convivan en un mismo domicilio personascon vínculo familiar o análogas donde dos o más miembros tengan derecho a esta prestación. 

Esta vez, el autónomo no deberá abonar en ningún caso las cuotas durante el tiempo que permanezca cerrado, por lo que estará completamente exento del pago de sus cotizaciones.

Prestación extraordinaria para autónomos de temporada: 661 euros fijos

Por último, se vuelve a recoger en este decreto una prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos de temporada. 

Para acceder a ella, se exigen, entre otros requisitos, haber estado de alta y cotizando como trabajador autónomo durante un mínimo de 4 meses y un máximo de 7 meses de cada uno de los años 2018 y 2019, siempre que al menos, ese marco temporal, haya estado de alta 2 meses de junio y septiembre del año 2018 y del año 2019. Además de no haber estado de alta por cuenta ajena durante más de 120 días durante 2018 y durante 2019 y -como novedad- no haber estado en alta o  más de 60 días durante el segundo y tercer trimestre de 2021.  

En este caso, sucede al igual que con la prestación extraordinaria por cierre de la actividad, es decir, la cuantía de la prestación será la equivalente al 70% de la base mínima de cotización que corresponda, 661 euros fijos, por norma general. Durante la percepción de la prestación, el autónomo estará exento de abonar su cuota.

FUENTE: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/actualidad/cuanto-pueden-cobrar-autonomos-nuevas-ayudas-cese-actividad/20210625143246024699.html

Decepción entre los autónomos por no poder acceder a las ayudas directas

El acceso a las ayudas directas está restringido a los autónomos que tengan deudas pendientes. Los hosteleros, taxistas, comerciantes, transportistas o agencias de viaje se quejan de que se están quedando fuera.

Seis de siete. Es el número de Comunidades Autónomas que ya han abierto sus convocatorias y han incluido como condición que las ayudas directas a los negocios afectados por la pandemia vayan dirigidas exclusivamente a pagar deudas pendientes. Dicho de otro modo, los autónomos que estén al corriente de pago con todos sus proveedores no van a poder acceder a las subvenciones que lleva meses prometiendo el Gobierno aunque necesiten ese dinero para sobrevivir.

Esta interpretación que impuso a principios de mayo el Ministerio de Hacienda a las comunidades a través de un instrucción ha sido la gota que ha colmado el vaso para los principales sectores compuestos por autónomos, que ven «indignante» e «inexplicable», que los pequeños empresarios que hayan cumplido con sus proveedores durante quince meses de pandemia vayan a quedar excluidos a pesar de tener grandes caídas de facturación y cumplir con todas las  demás condiciones impuestas para cobrar estas ayudas.PUBLICIDAD

Como ya avanzó este diario, esta condición no aparecía literalmente recogida en el Real Decreto-ley 5/2021, que regula las famosas ayudas directas, sino que fue  la ambigüedad de la ‘legislación de urgencia’, junto a una instrucción de Hacienda la que ha empujado a las autonomías a optar por la interpretación más restrictiva y dejar fuera de las subvenciones a autónomos, a sabiendas de que necesitan este dinero y llevan un año gastando de los ahorros de toda una vida para no generar deudas con sus proveedores.

El Real Decreto-Ley 5/2021, que regula la distribución de los 7.000 millones de euros en ayudas directas, establece los criterios y líneas generales que deberán seguir las comunidades autónomas, encargadas de distribuir el dinero entre sus negocios, para seleccionar y pagar las subvenciones entre los autónomos y empresarios solicitantes, y además dar cuenta a Hacienda de la distribución de este dinero. El problema es que para hacer todo esto, cientos de funcionarios de las administraciones regionales tienen que interpretar cada apartado de la norma para luego aplicar los criterios de concesión de los fondos. Por ello, «las autonomías que están abriendo convocatorias se están curando en salud y están aplicando las interpretaciones más restrictivas en las condiciones cuya redacción genera confusión«, advirtió ya hace un mes José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos.  

Efectivamente, varias semanas después, la advertencia se cumplió y ahora ya serían seis comunidades autónomas, como Andalucía, Castilla y León, o Baleares las que se han visto obligadas a trasladar a sus propias convocatorias que el dinero de las subvenciones sólo podrá ser utilizado por los autónomos para pagar las deudas y gastos que tuvieran pendientes y sin satisfacer a 31 de mayo.  

Esto podría provocar que en algunos sectores como el del taxi, más del 90% de los autónomos queden directamente excluidos de las ayudas por haber cumplido con sus proveedores y no haberse saltado la Ley de Morosidad -que obliga a pagar como mucho a 30 días-, siendo que casi todos llevan meses trabajando a la mitad de lo que lo hacían antes de la pandemia.

Muchas agencias de viaje excluidas de las ayudas «por haber cumplido con sus proveedores» 

El sector, compuesto mayoritariamente por autónomos y pequeños negocios, se puso en contacto hace un mes con el Ministerio de Hacienda para solicitarle que hiciera pública la instrucción que está provocando que los autónomos sin deudas no puedan acceder a las ayudas directas, «para así llevarla a los tribunales. De momento, todavía no hemos recibido respuesta. Pero sí sabemos con seguridad que cientos de autónomos y empresarios al frente de agencias viaje han sido éticos y profesionales y han intentado pagar por todos los medios a sus proveedores. Y, por el momento, ese simple motivo va a hacer que en muchos casos no cobren nada«, explicó Cesar Gutiérrez, presidente de la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE).

Según explicó Gutiérrez, la gran mayoría de los autónomos y pequeños negocios al frente de agencias de viaje, al igual que los de casi cualquier sector, «creen que lo más importante es pagar a sus proveedores. Todos estos que lo han hecho bien, se quedan sin ayudas por una interpretación a última hora del Ministerio de Hacienda. El problema es que ya son seis comunidades en las que no sólo habrá autónomos que soliciten las ayudas y no tengan facturas pendientes con las que justificar el dinero recibido, sino que además muchos directamente no lo van a solicitar por no tener suficientes deudas sin pagar. Y ese es el verdadero problema, porque si más adelante cambia el criterio, estos negocios que lo hayan solicitado tampoco tendrán la oportunidad de cobrar un dinero que les correspondía». 

Desde el sector, creen que el planteamiento, «además de decepcionante, porque se prometió unas ayudas que están muy alejadas de las que han acabado siendo, es también incoherente. Habrá empresas que hayan pedido un ICO y se hayan ido con el dinero de viaje o se lo hayan gastado en cualquier cosa que no tiene que ver con el negocio y puedan recibir ayudas, porque no se está pidiendo la justificación de los préstamos. Sin embargo, un autónomo que se ha arruinado en estos meses, no va a ver ni un euro si ha pagado lo que debía», añadió Cesar Gutiérrez, presidente de FETAVE.

Por ello, las agencias de viaje piden que se dé liquidez a los autónomos, «porque es lo que necesitamos para salir adelante, no nos soluciona nada que nos quiten un préstamo que se paga a muchos años vista, necesitamos dinero para subsistir. De por si, la concepción de las ayudas es decepcionante, pero todavía peor es que aquel empresario al frente de una agencia de viajes, que lo ha pasado tan mal durante este último año, que además ha hecho los deberes, no vaya a ver ni un euro de los fondos. Siendo que las comunidades ya nos informan de que les va a sobrar la mitad del dinero, porque no tienen a quién pagarlos«, explicó Gutiérrez. 

«Más del 90%» de los taxistas no van a poder cobrar por llevar al día sus pagos 

A finales de 2020, los taxistas todavía seguían con caídas de facturación medias del 75%, siendo que venían de un confinamiento que les costó unas pérdidas de ingresos de entorno al 90% respecto a 2019. Desde el sector recuerdan que, a pesar de las restricciones, su actividad no se ha recuperado del todo, y la situación sigue siendo agónica.  

A esto hay que añadir que el ocio nocturno sigue cerrado, y el turno de noche supone, para muchos, la mayor parte de su facturación. Buena parte de los clientes del sector son, a su vez, clientes de otros sectores.  Al haberse restringido la actividad de bares, cafeterías, restaurantes y, sobre todo, discotecas, la situación de muchos taxistas se ha tornado insostenible. 

Y después de todo un año negro para el sector, «ahora nos dicen que no sólo hay que cumplir los requisitos de facturación y viabilidad, sino que también hay que tener deuda pendientes de 2020 para poder cobrar unas ayudas que llevamos desde el año pasado reclamando. Los taxistas están indignados», dijo Miguel Ruano, presidente de la Federación Andaluza de Autónomos del Taxi (FAAT).

El problema, según apuntó Ruano, es que un taxista, por norma general, no deja facturas a deber en su día a día, porque «nuestros gastos mensuales se basan en carburante, seguros y pagos de impuestos y cotizaciones, que no se pueden dejar a deber. Y las mayores deudas de los taxistas son por el vehículo y la compra de la licencia, y esas deudas, en la inmensa mayoría de los casos, no vienen de 2020, sino de antes», explicó el presidente de la FAAT.

Por ello, los taxistas se encuentran «muy decepcionados. Eran las únicas ayudas, sin contar el cese, que nos iba a pagar el Gobierno y, con este nuevo criterio, más del 90% del sector no va a poder cobrar nada», añadió Miguel Ruano.

Los hosteleros ven «incoherente» que se «penalice a los que han vendido su patrimonio» para estar al corriente de pago 

Los hosteleros de casi todas las comunidades españolas llevan quince meses soportando restricciones en la actividad y en sus horarios.  Según los últimos datos de los Indicadores de Actividad del Sector Servicios del INE (Instituto Nacional de Estadística) la cifra de negocios de la hostelería descendió en 2020 un 51,4% respecto al año anterior. Lo que supone una pérdida de aproximadamente 67.000 millones de euros, respecto a la facturación que se alcanzó en 2019.

Por ello, los hosteleros no entienden que ahora, «después de meses pidiendo un plan de rescate al sector, y ayudas directas, el Gobierno penalice con un criterio que no tiene sentido a quienes han vendido su patrimonio para tener sus cuentas en orden. Estos empresarios han hipotecado su vivienda, han perdido parte o la totalidad de sus ahorros durante estos meses para no endeudarse más, y ahora se quedan sin el dinero que se les había prometido por haber cumplido la Ley de morosidad y no haber dejado facturas pendientes a más de un mes. Es tan grave como incoherente», explicó José Luis Yzuel, presidente de la Confederación Empresarial de Hostelería de España. 

Desde Hostelería de España, «hemos reclamado por activa y por pasiva en todos los foros, y al Gobierno,  que se revise este criterio. Dicen que hay que poner límites, pero lo cierto es que los límites deberían estar en la caída de facturación y no en quitar el derecho al hostelero que se ha quedado sin ahorros de acceder a las subvenciones«, apuntó Yzuel. 

De hecho, el presidente de la confederación de hosteleros aseguró tener constancia de muchos autónomos al frente de bares y restaurantes que han vendido su segunda vivienda para cumplir con su obligación de pagar el local, la luz, el agua y el género con el que trabajan, «y se van a quedar fuera, sólo por ser decentes. Mientras permanezca este criterio, las ayudas no van a servir para nada. Casi ningún hostelero va a poder cobrarlas».

Los comerciantes piden que se «compensen de una vez las pérdidas del sector»

Prácticamente la mayoría de los sectores han sufrido consecuencias negativas en su economía desde el inicio de la pandemia. No obstante, algunas actividades se han visto más castigadas que otras. Éstas han sido aquellas donde la presencia del cliente es imprescindible para la prestación del servicio, como es el caso del comercio.

El comercio es una actividad compuesta por todo tipo de tiendas, desde electrodomésticos hasta alimentación o textil,  y se ha visto afectado de forma muy diferente a lo largo de esta crisis. Algunos negocios pudieron permanecer abiertos mientras otros tuvieron que bajar la persiana. En todo caso, el COVID-19 fue la puntilla para un sector que ya venía de una situación delicada, con grandes caídas en la facturación.  

Ahora, «que muchos pensaban que iban a recibir una mínima compensación por todo lo que han perdido se suma una condición más a la larga lista de trabas que ya venían imponiéndose desde febrero. Esto, vuelve a mostrar una falta de empatía y un desconocimiento manifiesto del sector por parte de la Administración. Las ayudas se lanzaron hace meses y estamos a mitad de julio y casi ningún comerciante ha cobrado. Los cambios de criterios y la inseguridad jurídica la pagan la están pagando los pequeños comercios que no pueden más y cierran. Que tomen ya las medidas oportunas para rescatar al sector y que las apliquen de una vez», explicó Carlos Moreno, portavoz de la Confederación Española del Comercio (CEC).

Para el portavoz de la CEC, «estas ayudas se han enrevesado sin necesidad. En muchos países se han pagado las compensaciones directamente a los empresarios sobre una parte de su caída de facturación, sin necesidad de justificar facturas ni mucho menos tener pagos pendientes. Aquí, ha pasado un año y medio y no llega nada. La situación es indignante, primero se empezó a filtrar por CNAEs, luego por un porcentaje de caída de facturación y por viabilidad en 2019 y ahora por deudas. Si no se rectifica pronto muchos autónomos no recibirán nada y los pocos que cobren ayudas, percibirán un porcentaje ridículo en comparación a que de verdad han perdido«. 

Los transportistas denuncian que no han tenido acceso «ni a las ayudas, ni a prácticamente nada» 

Situación similar a la de los taxistas es la de los transportistas que, a pesar de las grandes caídas de facturación que llevan meses soportando, por la naturaleza de su actividad, no suelen tener deudas pendientes con proveedores. 

A pesar de ello, «no hemos tenido acceso a las ayudas directas. Ni a estas subvenciones, ni a prácticamente nada. Las condiciones que se pusieron sobre la mesa, no las cumplíamos. Quizás algunos negocios pudieron acceder a los ERTE, pero en cualquiera de los casos, ninguna medida económica ha beneficiado especialmente al sector del transporte«, dijo José Carlos López, Vicepresidente de la Federación Nacional de Transporte por Carretera (FETRANSA). 

Fuente: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/actualidad/decepcion-autonomos-poder-acceder-ayudas-directas/20210618154809024665.html

Los economistas del FMI apoyan impuestos mínimos locales de sociedades

Fuente: https://elpais.com/economia/2021-06-09/los-economistas-del-fmi-apoyan-impuestos-minimos-locales-de-sociedades.html

La imposición fiscal a las multinacionales está bajo los focos. El acuerdo del G-7 para fijar un impuesto mínimo de sociedades de “al menos el 15%” entre los países del bloque supone un antes y después en las negociaciones sobre la reforma de las reglas fiscales internacionales: es la primera vez que un grupo de países consensúa un marco común para gravar más a las grandes corporaciones. Un impuesto mínimo corporativo, sin embargo, ya existe en varios países, aunque bajo distintas fórmulas. “La introducción de un impuesto mínimo está asociada con un aumento del tipo efectivo promedio”, señala un artículo publicado este martes por los economistas del Fondo Monetario Internacional (FMI) Aqib Aslam y Maria Coelho.

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En 2018, 52 países contemplaban algún tipo de gravamen mínimo de sociedades, entre ellos EE UU —una medida introducida con la reforma fiscal de Donald Trump de 2017—, Canadá, India, Italia, Argentina, Argelia o Chad. También España planteó introducir un suelo del 15%, una medida que será analizada por el comité de expertos para la reforma fiscal.

“La idea de un tipo mínimo no es una novedad. A nivel local, los países han estado utilizando formas modernas de imposición mínima desde al menos la década de los sesenta”, señala el artículo. “El objetivo es prevenir la erosión de las bases imponibles causada por el uso excesivo” de ventajas fiscales: créditos, deducciones, exenciones o bonificaciones que rebajan la base sobre la que se calcula el impuesto. “Al fijar un tipo mínimo de sociedades, los gobiernos garantizan un suelo en la contribución de las empresas al erario público”, continúa el texto.

Generalmente, estos impuestos se calculan a partir de una “base impositiva simplificada”. En la mayoría de los casos, se toma en cuenta el volumen de negocios —es la fórmula más común, sobre todo en países con tasas legales elevadas—. También hay esquemas basados en los activos o sobre “definiciones alternativas de renta corporativa” donde se “limitan explícitamente el número de deducciones y exenciones permitidas”. Estos últimos impuestos brindan los mayores incrementos en los tipos efectivos, seguidos por los basados en activos y volumen de negocios. Pero el impacto en la recaudación depende también del tipo aplicado. Los dos economistas del FMI han calculado el efecto de un impuesto mínimo del 0,5% sobre el volumen de negocios y de un 1% sobre los activos totales para una economía media. El primero aportaría siete puntos porcentuales adicionales de recaudación, y el segundo casi un tercio más.

El artículo reconoce que el acuerdo alcanzado en el G-7 supone “un nuevo impulso para la revisión de las normas fiscales internacionales”, pero considera que el uso de impuestos mínimos locales podría aumentar, ya que ofrecen una opción más simple sobre todo para los países de bajos ingresos: “Pese a las ineficiencias asociadas con los impuestos mínimos locales, pueden permitir a los países obtener ingresos significativos”.

“Establecer un suelo para los impuestos corporativos, al menos a nivel local interno con tasas impositivas moderadas, puede ser una buena opción para los países que buscan preservar los ingresos y evitar la erosión de sus bases imponibles”, concluyen Aslam y Coelho. Por el otro lado, alertan de que, aunque se fije un tipo mínimo global, es posible que sigan proliferando ventajas fiscales para atraer a las grandes empresas: “Pero el valor de estos incentivos disminuirá”.

Empieza la entrega de ayudas directas a empresas y autónomos

La presidenta en funciones de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, avanzó el martes que el Gobierno regional ya ha empezado a pagar esta semana las ayudas anunciadas el pasado mes de marzo a las empresas y autónomos que están sufriendo las consecuencias de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19.

«Somos la primera región que está ejecutando este necesario programa, y ya hay más de 8.500 autónomos recibiendo apoyo«, manifestó Ayuso en la clausura de la Asamblea anual de la Confederación Española de Jóvenes Empresarios. Allí señaló que desde que comenzó la pandemia la comunidad ha aprobado 1.100 millones de euros en ayudas directas, de los cuales 180 ya se han ejecutado.

El compromiso del Ejecutivo de Díaz Ayuso era poder empezar a distribuir estas subvenciones a lo largo del mes de junio para ayudar a numerosos negocios y profesionales afectados por la pandemia y el martes ya se realizaron las primeras transferencias.

Taxis, hostelería, peluquerías…

En esta primera remesa, los principales beneficiarios han sido el sector del taxi, sumando el 83,24% de las ayudas (7.122), seguido de la hostelería, con el 4,58% (392); el pequeño comercio, con el 2,48% (212); y las peluquerías y centros de belleza y estética, con el 1,59% (136). Además, la Comunidad de Madrid ha ampliado en su convocatoria los sectores que recoge el Real Decreto del Estado, incorporando 25 sectores más, como son las peluquerías y centros de belleza, entre otros.

La Administración regional ha recibido hasta la fecha cerca de 29.000 solicitudes a través del portal web oficial de la Comunidad de Madrid y continúa la tramitación de los expedientes para ir transfiriendo los fondos en las próximas semanas.

En este proceso, según Ayuso, el Gobierno madrileño denunció hace unos días el incumplimiento por parte del Ministerio de Hacienda del convenio firmado con la Comunidad, ya que no se estaba devolviendo en plazo la información necesaria para saber si los solicitantes cumplían con los requisitos fijados por el decreto, como haber reducido más de un 30% su facturación por la crisis sanitaria.

Ayudas con fondos propios

El Ejecutivo autonómico aprobó a finales del mes del pasado mes de abril la convocatoria de 899,2 millones de euros en ayudas, que corresponden a la suma de los 679 millones de línea financiado por el Gobierno central, más los 220 millones con fondos propios aportados por la Comunidad de Madrid para compensar a los sectores afectados habían quedado fuera del decreto estatal.

Las subvenciones alcancen a un total de 120 sectores y a más de 215.000 negocios

Esta decisión permite que las subvenciones alcancen a un total de 120 sectores que aglutinan a más de 215.000 establecimientos o unidades productivas, que emplean a casi 850.000 personas. El importe de las ayudas a las que pueden acceder abarca desde los 3.000 hasta los 200.000 euros.

Fuente:https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11248454/06/21/Ayuso-empieza-la-entrega-de-ayudas-directas.html

Cuatro meses más de ayudas por cese de actividad a los autónomos: cómo pueden cambiar, cuantías y requisitos

  • El Gobierno y las asociaciones, a favor de una prórroga hasta septiembre
  1. Fuente: elEconomista.es

19/05/2021 – 9:18

Las ayudas por cese de actividad se han convertido en uno de los pilares de la supervivencia de los autónomos durante la pandemia de coronavirus y, a dos semanas de expirar, hay muchas posibilidades de que se amplíen y sigan cubriendo a los profesionales afectados por cierres obligados o restricciones.

Según informa Economía Digital, la intención del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es que estas ayudas se prorroguen hasta el 30 de septiembre, cuatro meses más. Se trataría del mismo plazo de extensión de los Ertes, una medida que ya se está negociando con los agentes sociales.

Para el cese de actividad, las principales asociaciones de autónomos, a pesar del rechazo que ha generado la proposición de José Luis Escrivá de nuevos tramos de cuotas, la ampliación de las ayudas se percibiría como algo positivo. De hecho, desde UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos) ya se propuso, a través de su presidente Eduardo Abad, llevarlas como mínimo hasta septiembre.

Faltaría por saber si esta prórroga conllevará o no cambios en los requisitos. La anterior ampliación ya relajó estas condiciones, haciendo más fácil el acceso a ellas. En este sentido, ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos) habría pedido poner el contador de las ayudas a cero, puesto que muchos autónomos no cotizaron hasta 2019 por cese de actividad (no era obligatorio hasta entonces) y muchos no tienen derecho a más ayudas en este concepto de acuerdo con los plazos de cotización estipulados por la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 338.

Requisitos y cuantías

A falta de conocer qué pasará con esos autónomos, en caso de que no hubiese cambios en las ayudas, estas quedarían de la siguiente forma, con exoneraciones en las cuotas y divididas en cuatro grupos diferentes:

-A autónomos afectados por cierres obligados: está destinada a los profesionales que sufrieron cierres completos por medidas gubernamentales de lucha contra el coronavirus y la cuantía de la ayuda es del 50% de la base reguladora.

-A autónomos que han sufrido restricciones: debían acreditar ingresos en el primer semestre de 2021 menores al menos en un 50% que los del primer trimestre de 2020. La cuantía es del 50% de la base reguladora.