Cómo evitar una pensión de jubilación baja si eres autónomo

  • Son el grupo más numeroso: aproximadamente 2,8 millones de autónomos
  • Se enfrentan a pensiones de jubilación más bajas por esas cotizaciones

Al igual que el resto de trabajadores, los autónomos tienen derecho a cobrar una pensión de jubilación si acreditan una serie de requisitos entre los cuales el más determinante es la cotización previa. Sin embargo, no solo es importabte la cotización para estos trabajadores por cuenta propia: en su caso concerto es clave la base de cotización que han tenido a lo largo de su carrera.

El problema para los autónomos es que la gran mayoría cotiza por la base mínima, que en 2022 es de 960,60 euros mensuales. En torno al 85% de estos trabajadores (unos 2,8 millones de autónomos) se encuentran en esta situación, que si bien les puede beneficiar a corto plazo, puede crearles un verdadero problema a la hora de cobrar su futura pensión.

La razón es que en el corto plazo la cotización por la base mínima implica el pago de menores cuotas (el 30,6% de esos 960,60 euros no es, lógicamente, lo mismo que el 30,6% de 2.000 euros) a la Seguridad Social, pero será ‘pan para hoy y hambre para mañana’, dado que cotizar por bases bajas da derecho a pensiones de menor cuantía.

Todo explica con el método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social, que tiene en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) para obtener la base reguladora de la pensión y los años trabajados en total para calcular el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho.

Así, en un cálculo sencillo, un trabajador autónomo que haya cotizado por la base mínima todo el tiempo, tendría una base reguladora que rondaría los 1.000 euros (siempre que no haya tenido parones en su profesión, ya que en ese caso su base reguladora sería menor al no poder beneficiarse los autónomos de la integración de lagunas).

Después entrarían en juego el número de años trabajados en total. Un autónomo que solo haya trabajado el mínimo, es decir, 15 años, tendrá derecho al 50% de la base reguladora (en torno a los 500 euros) y por lo tanto necesitará del complemento a mínimos para poder cobrar la pensión mínima (estas son las cuantías para 2022).

A partir de esos 15 años, a más tiempo trabajado le corresponde más porcentaje de esa base reguladora: por cada uno de los siguientes 106 meses se da un 0,21% extra y por cada uno de los siguientes 146 meses se da un 0,19% extra. El autónomo que quiera cobrar el 100% de su base reguladora necesitará trabajar al menos 36 años.

Cómo evitar una pensión de jubilación baja si eres autónomo

La clave para poder aumentar la cuantía de estas pensiones es que los autónomos aumenten la base de cotización. Esto puede hacerse de forma libre hasta los 47 años, pero a partir de ese momento existen ciertas restricciones que aparecen recogidas en la página web de la Seguridad Social:

-Si no ejercitan su derecho a cotizar por bases de mayor cuantía, un autónomo que a los 47 años cotice por la mínima posteriormente no podrá cotizar por más de 2.113,20 euros mensuales.

-Cuando cumplan 48 años, la base de cotización ha de estar comprendida entre los 1.035,90 euros mensuales y los 2.113,20 euros mensuales. Eso sí, si a los 50 años han cumplido más de 5 años como autónomos y han estado cotizando por la base mínima podrán tener una base comprendida entre los 960,60 euros mensuales y los 2.113,20 euros mensuales.

Fuente: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11742222/04/22/Esta-es-la-pension-de-jubilacion-de-los-autonomos-que-cotizan-por-la-base-minima.html

CEOE, Cepyme y ATA proponen una cuota de autónomos entre 205 y 400 euros hasta 2025

  • Según ATA, con esta propuesta se cumpliría el Acuerdo de Pensiones de 2021
  • Lorenzo Amor ha escrito en su Twitter que esperan respuesta de Sánchez
  • La mitad de los autónomos tienen ingresos netos por debajo del SMI

La semana pasada, se filtró un preacuerdo entre el Gobierno y las asociaciones Uatae y Upta, vinculadas a los sindicatos CCOO y UGT respectivamente, dejando fuera de las negociaciones a ATA, vinculada CEOE. En la mañana de hoy la asociación presidida por Lorenzo Amor, ha publicado un comunicado conjunto con la patronal y Cepyme en el que envía al Gobierno una propuesta para la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta), en la que plantean que la cuota de autónomos se mueva entre 205 y 400 euros al mes hasta 2025.PUBLICIDAD.

En este comunicado, ATA ha confirmado las filtraciones que les dejaban fuera de estas negociaciones, apuntando que la última propuesta a la que han tenido acceso «fue la que se nos presentó en la reunión del pasado día 28 de febrero», dice el comunicado.

De todas formas, ATA quiere volver a sentarse a la mesa de negociación y en estos días de Semana Santa ha preparado su propia propuesta, que ya está en manos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y en el que plantean una cuota de entre 205 y 400 euros al mes, en función de los rendimientos netos y del año de aplicación.

Por su parte, fuentes del Ministerio de Seguridad Social declaran que se han mantenido contactos con todas las partes después de la última reunión oficial de la mesa a finales de febrero, incluido el bloque CEOE-Cepyme-ATA, aunque sin especificar si se han producido conversaciones en solitario con la asociación que dirige Lorenzo Amor. Estas fuentes recuerdan que ATA no ha querido participar.

En este sentido, la presentación de una propuesta conjunta CEOE-Cepyme-ATA ha sido bien recibida en el ministerio que dirige José Luis Escrivá. El ministro decidió aparcar los encuentros oficiales dado que las diferencias de posiciones entre las tres organizaciones (ATA, Upta y Uatae) estaban agrandándose. Y optaron por tantear de forma individual a las partes y solicitarles sus propuestas. CEOE-Cepyme-ATA anunciaron hoy que habían remitido la suya la Seguridad Social.

Respecto a una supuesta propuesta presentada por el Ministerio de Seguridad Social a los negociadores, fuentes oficiales del departamento de Escrivá niegan que se haya entregado tal propuesta de forma oficial, pues no se ha producido una nueva reunión desde febrero. Nada explican de una remisión oficiosa.

Propuesta de CEOE-ATA-Cepyme

La propuesta de ATA establece, para 12 tramos de ingresos, las bases de cotización y las cuotas a aplicar de forma progresiva en los próximos tres años, a partir de 2023 hasta 2025, año en el que se revisaría el acuerdo. 

Las asociaciones empresariales aclaran en su comunicado que la propuesta considera como ingresos reales aquellos «rendimientos netos (ingresos menos gastos) más cuotas a la Seguridad Social menos el porcentaje de gastos», que se acordará en función de la tipología de autónomos.

Del mismo modo, esta propuesta mantiene «prácticamente» la enviada por el Gobierno el 28 de febrero, hasta unos ingresos de 1.300 euros y exceptuando que las bases del tercer tramo (de 900 euros al SMI) y del cuarto tramo (del SMI a 1300 euros) que se incrementan a 960,6 y 1.150 euros respectivamente.

Se respeta también la propuesta de que los autónomos societarios, religiosos y los familiares colaboradores, sin rendimientos, «con pérdidas o ingresos inferiores al SMI, se sitúen en el tercer tramo y abonen una cuota de 264,55 euros», lo que supone una rebaja sobre la cuota actual correspondiente a la base de cotización en vigor.

Otra modificación con respecto a la propuesta del Gobierno es que a los autónomos cuyos ingresos estén por encima del SMI hasta los 1.500 euros, para los que se fija una base de cotización de 1.150 euros, no verían incrementada la cuota en los próximos tres años

A partir de la cifra de los 1.500 euros, la base por tramo se va incrementando de 150 en 150 euros, desde una base de 1.150 euros hasta una base de 2.050 euros para los autónomos con ingresos por encima de 3.620 euros. Las cuotas correspondientes se incrementan en 0,7% anual cada año para el tramo de 1.500 euros y, a partir de ese tramo, se incrementan desde un 2% cada año hasta un 12% para el tramo más alto que pagará 400 euros de cuota en 2025.

Todo ello con la condición de que «el autónomo pueda modificar su base de cotización hasta seis veces al añose destope la base para los mayores de 47 años y se entienda que dicho sistema es de bases, quiere decir que el autónomo podrá elegir libremente cotizar por una base superior a la que le corresponde con la única limitación de la base de cotización máxima existente», han aclarado.

Para ATA, esta propuesta está enmarcada en los términos establecidos en el último acuerdo de julio de 2021 con los agentes sociales y organizaciones de autónomos, y se ha elaborado «teniendo en cuenta el contexto de incertidumbre económica actual y el impacto de la subida generalizada de los costes y precios que afectan y dificultan la actividad de los autónomos. Muchos de ellos, aún lejos de haberse recuperado de las consecuencias de la pandemia en nuestro país».

Compromiso con Bruselas

A pesar del malestar de ATA por no haber participado en las negociaciones, vuelven a la mesa con el fin de cumplir con lo prometido con Bruselas y el acuerdo de Pensiones de 2021. «Esperamos respuesta», ha escrito Lorenzo Amor en su Twitter en referencia una contestación por parte del Gobierno.

Para las asociaciones empresariales, esta propuesta «se cumple tanto con los objetivos que nos dimos en julio como con los compromisos adquiridos con Bruselas en el Plan de Resiliencia, y que, dada la situación actual, es la única que plantea una reforma asumible para los autónomos sin menoscabar su protección social, la sostenibilidad del sistema y la propia sostenibilidad financiera del colectivo y, por tanto, su capacidad de seguir creando riqueza y empleo».

Reacciones a la propuesta de ATA

Desde la organización Upta, su presidente Eduardo Abad felicita a la patronal de los autónomos ATA-CEOE por elaborar una propuesta «después de 7 meses de negociación». En opinión de Abad, la propuesta de ATA implica que desde esa «patronal» reconocen que el actual sistema de cotizaciones de los autónomos está obsoleto. Por tanto, «es un paso adelante muy importante», señala el presidente de Upta. Esta organización pide ajustar los números actuales del Reta a la realidad de las cotizaciones.

Por su parte, la presidenta de Uatae, María José Landaburu, dijo «seguir expectantes a cómo avance la negociación e insistimos en que cualquier reforma debe contemplar una cuota más reducida para tramos inferiores e intermedios, un esfuerzo mayor de los tramos más altos y medidas claras de mejora de la protección social (una reforma integral de la prestación de cese actividad para hacerla más accesible, subsidios similares a los de trabajadores asalariados -mayores de 45 y 52 años). La propuesta conocida hoy de CEOE, CEPYME y ATA no contempla nada de esto».

Uatae estima que la propuesta de CEOE, CEPYME y ATA supone una recaudación de 9.729 millones de euros frente a los 14.000 de su propuesta que «asegura la mejora de la protección de todo el colectivo y la sostenibilidad del sistema».


Fuente: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11725952/04/22/CEOE-Cepyme-y-ATA-proponen-al-Gobierno-que-la-cuota-vaya-desde-los-205-a-los-400-euros-hasta-2025.html

Declaración de la Renta Renta 2021: ¿Hay que declarar los ingresos desde Bizum?

Desde el pasado 6 de abril, los ciudadanos pueden realizar la declaración de la renta a través de la web de la Agencia Tributaria, la App móvil, por teléfono o de forma presencial. Aunque estas vías tienen plazos diferentes detallados en su calendario oficial, la campaña termina el 30 de junio.

En el momento de acceder y rellenar el borrador, hay muchos contribuyentes que tienen dudas de si tienen que declarar o no los pagos que han efectuado a través del sistema Bizum. Esta aplicación móvil lleva seis años funcionando y se ha convertido en un servicio muy popular entre la población, ya sea para hacer pagos de manera rápida o como canal para obtener ingresos en el caso de autónomos y empresarios.Consejos para la declaración de la renta: cuáles son las novedades y en qué casillas te debes fijar

¿Qué es el sistema Bizum?

Se trata de un servicio de pago rápido que han implantado numerosas entidades bancarias de España y que permite a sus usuarios enviar y recibir dinero instantáneamente. Lo utilizan casi 20 millones de usuarios y más de 29.000 empresas, lo que la ha convertido en un método de pago popular al que se han sumado cada vez más compañías para facturar en su actividad.

No es un servicio independiente, sino que es necesario tener abierta una cuenta bancaria en una entidad que lo haya implantado, descargar su aplicación en el teléfono y, además, activar este servicio en el banco.

Aparte de ser un método muy común entre la rutina de los jóvenes, cada vez más empresas lo han implantado como canal de financiación. Así, no es raro que las ONGs pidan donaciones por Bizum -ya lo hacen un total de 5.600-, y que los bares y restaurantes permitan pagar las consumiciones de este modo.

 Más cerca - El éxito de Bizum - Escuchar ahora

¿Todos están obligados a hacerlo?

No exactamente. Aquellas personas que utilicen Bizumcomo ‘moneda de cambio’, es decir, para repartir gastos -algo frecuente entre el público joven-, no tienen que declararlo porque no les supone ninguna ganancia. Sin embargo, sí deben hacerlo las empresas autónomos que obtienen beneficios económicos por su actividad profesional a través de esta vía. En este caso, lo tienen que hacer como venta o servicio, independientemente de la cantidad.

Enrique Moreno, CEO y fundador de TaxDown, recalca que son quienes ingresan los que están obligados a declarar, y no los pagadores, que pueden hacerlo si buscan desgravar algunos gastos. Así, explica que los empresarios autónomos que obtengan ingresos por Bizum están obligados a declararlos como el resto de transferencias.

Además, también incluye a las personas que, sin realizar una actividad profesional, reciben cantidades que supongan una rentabilidad. Por ejemplo, una persona que alquila una plaza de garaje a otra y recibe el ingreso por Bizum, debe declararlo como si se tratase de otra forma de pago. En estos casos, sobre todo si son cuantías altas, Hacienda puede sospechar que existe una actividad encubierta e iniciar una investigación. No obstante, esto es poco probable porque esta aplicación no permite pagar más de 1.000 euros en un solo envío y tiene un máximo de 60 transacciones al mes.¿Cuándo empieza la declaración de la renta? Calendario, fechas y todas las novedades

Autónomos: declarar todos sus ingresos y no mezclar cuentas

A pesar de estas cifras, Moreno indica que cualquier ingreso obtenido por Bizum que implique un beneficio económico, una rentabilidades obligatorio declararlo. Por ello, hace hincapié en que esta situación afecta en su mayoría a los autónomos, que deben declarar todos sus ingresos obtenidos por esta vía, independientemente de su cantidad. Para ello, primero tienen que cumplir el requisito de alcanzar el mínimo de ingresos en su actividad profesional, 1.000 euros anuales.

De este modo, Moreno ofrece varios consejos a los autónomos:

  • Tener dos cuentas de Bizum, una personal y otra profesional, y no que no se mezclen las transacciones.
  • No aceptar la primera versión del borrador ofrecido por Hacienda y analizarlo más a fondo. Explica que hay «una cantidad de dinero muy grande», hasta 400 euros, que se deja de ganar por no profundizar más en este proceso.
  • Asegurarse de que todos los ingresos obtenidos en el año sean reportados y presentar cuanto antes la declaración. Según explica, Hacienda suele hacer «más esfuerzo» por pagar antes a aquellos que presentan la declaración en abril.

¿Cuándo puedo pedir cita presencial para hacer la declaración de la renta? ¿Y telefónica?

¿Hay un límite que se debe declarar a Hacienda?

En principio, de cara a la Agencia Tributaria, si se opera con cantidades inferiores a 3.000 euros en metálico, sin billetes de 500 euros o si no se efectúan movimientos de más de 10.000 euros, no habría obligación de incluir una transacción en la declaración de la renta.

No obstante, la Agencia Tributaria establece un máximo de 10.000 euros que se pueden enviar a través de Bizum. Si el ingreso es inferior, en principio no habría que incluirlo en la declaración de la Renta. Si se supera la cifra, la persona responsable sí debe declararlo.

En esta línea, cabe recordar que los pagos efectuados a través de Bizum están sujetos a control tributario. Si Hacienda observa una transacción de cuantía elevada, puede pedir al banco información más detallada de esa operación, al igual que en otras forma de pago.¿Cómo se solicita el pago fraccionado de la Renta 2021 y en qué consiste?

¿Qué ocurre si no se incluye en la declaración de la renta?

Moreno explica que «si no se reporta la cantidad obtenida por Bizum, tienes el mismo castigo que si no reportas un ingreso que hayas recibido por otro medio de pago». Sin embargo, las infracciones derivadas de este sistema suelen ser leves, ya que «es difícil hacer una infracción grave» a través de Bizum, según explica Moreno. Por ello, las multas podrían implicar el 20% o 30% de recargo, más los intereses.

Fuente:https://www.rtve.es/noticias/20220412/bizum-renta-2021/2330406.shtml