El registro retributivo es la obligación menos conocida por los autónomos y por la que la Inspección ya está sancionando

Desde abril todos los negocios tienen que realizar un registro retributivo. Una obligación que muy pocos autónomos conocen y por la que están, según los expertos, siendo multados por la Inspección de Trabajo.

Las multas por no tener un registro retributivo ya están empezando a llegar a los autónomos, tal y como ha podido constatar este diario. Se trata de la aportación de un documento que es obligatorio desde hace seis meses y que, en sus visitas a los negocios, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social solicita ya de rutina. Los expertos consultados aseguraron que hay un gran desconocimiento dentro del colectivo de autónomos y pequeños negocios para cumplir con esta obligación, que está provocando que muchos se vean envueltos en multas que superan los 1.000 euros. 

Fue el pasado 14 de abril cuando entró el vigor Real-Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que obliga a todas las empresas, desde autónomo hasta multinacionales, a disponer de un informe que demuestre que todos sus empleados y empleadas con un mismo puesto de trabajo, cobran también el mismo salario. Pocos meses después, de la creación de esta nueva obligación, la Dirección General de la Inspección puso en marcha una campaña para comprobar que se cumplen con todas las obligaciones en materia de igualdad, incluido la de tener un registro salarial. 

Eso es precisamente lo que estaría ocurriendo en estos momentos: que los inspectores están multando a los autónomos al comprobar que no disponen de este documento. El representante de Due Corporacion, empresa especializada en la realización del registro retributivo, José Manuel Sánchez-Cervera, aseguró que “hay un porcentaje altísimo de autónomos que desconocen esta obligación y que está siendo sancionados”. De hecho, la mayor parte de sus clientes acuden a ellos cuando la Inspección les ha contactado y en la mayoría de los casos, ya es demasiado tarde y deben abonar la sanción.  

Una obligación desconocida 

Este experto explicó que lo que ocurre cuando a un autónomo le hacen una Inspección de Trabajo es que le piden toda documentación sobre la prevención de riesgos laborales, nóminas, seguros sociales… y, desde hace varios meses, también le están solicitando el registro retributivo. “Si el negocio no tiene ese documento, no está cumpliendo el requerimiento y es muy probablemente que sea sancionado” dijo Sánchez-Cervera. 

Aquí, hay dos formas en las que que suele proceder el inspector.  “La primera, que el inspector avise de su llegada a la actividad y el autónomo pueda preparase para cumplir con la obligación. O, la segunda, que no avise, acuda y levante acta sancionando al autónomo. En cuyo caso, le ofrece unas dos semanas de tiempo para cumplir con la obligación, pero de igual forma tendrá que pagar la sanción” aseguró. 

El caso de una cafetería y una peluquería 

El representante de Due Corporacion, José Manuel Sánchez-Cervera, relató dos de los casos más llamativos que habían tratado el pasado septiembre con el registro retributivo. El primero, el de una peluquería que, a final de agosto, recibió el aviso de que iba a recibir la visita de la Inspección de Trabajo. “Su dueño nos llamo inmediatamente pidiendo ayuda porque le requerían un documento -el registro retributivo- que no sabía qué era y que no tenía” dijo el experto. Que contó que por suerte tuvieron un par de días para  realizar el documento de urgencia y que cuando llegó el inspector, el peluquero-autónomo pudo presentarlo a tiempo y no tuvo ningún problema. Esto es, no fue multado 

“La suerte que tuvo fue que nos llamó de nada más conocer la visita y tuvimos un margen de tiempo para poder realizar el trabajo. Ya que normalmente, y en función del tamaño de la empresa, nos lleva unos cinco días realizarlo” señaló. Sin embargo, una cafetería no tuvo la misma suerte.

“Nos pidió ayuda para realizar el registro retributivo, pero fue tras la visita de la Inspección de Trabajo que le requirió entre otras cosas, este informe. Sin embargo, como la empresa no pudo presentar el documento ante la Inspección, fue sancionada con 1.250 euros. La actividad sólo disponía de dos trabajadores varones por lo que no había posibilidad de desigualdad, aún así fue multada por no disponer de él. Y se le obligó a entregar en 15 días un registro retributivo”. 

La sanciones por no tener un registro retributivo

Las sanciones por no disponer de un registro retributivo varían en función del tamaño de la empresa y del contexto (si hay o no desigualdad). De esta forma, no será lo mismo no disponer de este documento cuando la actividad sólo tiene un trabajador, en cuyo caso se le aplica una multa de grado mínimo; que si la actividad dispone de cinco trabajadores: tres hombres y dos mujeres y existe un trato desigual.  Las multas varían de la siguiente manera:

  • En su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros.
  • En su grado medio de 1.251 a 3.125 euros.
  • En su grado máximo, de 3.126 a 6.250 euros.

Éstas pueden incrementarse aún más cuando el documento concluye que efectivamente se está produciendo una desigualdad. O dicho de otra forma, cuando el documento prueba que una persona está cobrando menos por el mismo trabajo, las multas oscilan en: 

  • En su grado mínimo, de 6.251 a 25.000 euros.
  • En su grado medio de 25.001 a 100.005 euros.
  • En su grado máximo, de 100.006 euros a 187.515 euros.

“El registro retributivo es un documento que tienen que tener todas las empresas en el cuál se analiza la situación salarial de la actividad. A veces los expertos que lo realizan determinan que efectivamente se está produciendo ese incumplimiento. Por eso, nosotros en el informe que elaboramos incluimos también una serie de medidas correctoras” dijo el experto. 

Así, si en una empresa de, por ejemplo, dos trabajadores y tres trabajadoras se determina que hay una desigualdad salarial en las mujeres tras la realización del registros. Se recomiendan fórmulas para subsanar esa situación. Para que, cuando llegue la Inspección se observe que se ha corregido el problema y que el autónomo no incurra en una sanción más grave. Por último, el representante de Due Corporacion aseguró que «hasta el momento, más del 80% de las empresas pequeñas a las que le hemos elaborado un registro tributario tienen una conciencia de base y no hemos encontrado desigualdades”.

Hay un Excel público “que es complejo”

Para cumplir con esta obligación, el Ministerio de Igualdad puso a disposición de los negocios un documento Excel para cumplir con la obligación. Éste es público y, en teoría, cualquier negocio podría descargarlo, rellenarlo y presentarlo. “Pero la realidad es que es muy complejo. Nosotros, al igual que muchas otras empresas, hemos tenido que hacer cursos específico para poder entender cómo hay que volcar la información para que el resultado sea adecuado conforme a lo que marca la normativa” expresó José Manuel Sánchez-Cervera.

De hecho, la complejidad que iban a tener los autónomos para rellenar este documento era algo sobre lo que ya alertaban los gestores administrativos. Hace unos meses publicaron un informe en el que calculaban que casi el 80% de los autónomos -concretamente más de 2,2 millones de profesionales- no iban a poder elaborar este documento para demostrar que todos sus empleados y empleadas con un mismo puesto de trabajo cobran también el mismo salario. Es por ello, que Due Corporacion ofrece a los autónomos con hasta cinco empleados una tarifa plana de 95 euros + IVA para realizar el registro tributario y facilitar que puedan cumplir con la obligación, antes de que lleguen la Inspección y sean multados. 

Fuente: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/actualidad/registro-retributivo-es-obligacion-menos-conocida-autonomos-que-inspeccion-sancionando/20211005155608025244.html?utm_source=social&utm_medium=whatsapp&utm_campaign=share_button




Prórroga de las ayudas de autónomos hasta febrero de 2022: los requisitos

La prestación por cese de actividad y las exoneraciones graduales son las medidas clave del acuerdo alcanzado entre Gobierno, sindicatos y patronal.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes 28 de septiembre la renovación y matización de un paquete de medidas de apoyo a los trabajadores autónomos cuyos ingresos han sido afectados por la pandemia. Este acuerdo, en cuya concreción participaron sindicatos y patronal, incluye el mantenimiento de la prestación extraordinaria de cese de actividad para los autónomos hasta el 28 de febrero de 2022. Esta ayuda está destinada a los negocios y trabajadores por cuenta propia que puedan justificar una caída de ingresos de al menos el 75 % en comparación al primer trimestre de 2020; a su vez, tampoco pueden superar en rendimientos el 75 % del valor del salario mínimo entre el segundo y tercer trimestre del presente año. Las ayudas expiraban este 30 de septiembre.

Requisitos para obtener la prestación extraordinaria de autónomos

Además de la citada caída de la facturación del 75%, el límite de ingresos netos fijado para seguir disfrutando de la ayuda se sube hasta el 75% del salario mínimo interprofesional actual, que está establecido en 965 euros en 14 pagas, por lo que la cantidad mensual límite para este beneficio estaría en los 723 euros. Además, continúan las exoneraciones graduales para aquellos que hayan venido disfrutando de alguna de las prestaciones hasta septiembre, y la prestación ordinaria por cese de actividad sigue regulada como hasta ahora.

En cuanto a las exoneraciones de la cotización a la Seguridad Social -siempre para los autónomos que retoman la actividad sin beneficiarse de la prestación extraordinaria- alcanzarán el 90% de las cotizaciones correspondientes al mes de octubre, el 75% de las correspondientes al mes de noviembre y del 50% del mes de diciembre, para quedarse en el 25% de las cotizaciones de enero de 2022. Se estima que un total de 226.000 autónomos van a beneficiarse de estas nuevas medidas. 

Fuente: https://www.heraldo.es/noticias/economia/2021/09/30/ayudas-autonomos-requisitos-solicitar-prorroga-febrero-2022-1522946.html?autoref=true
Foto: Pixa by


El Gobierno quiere ampliar las ayudas directas pero sólo a los autónomos con deudas pendientes hasta septiembre

Ante la debacle de las ayudas directas, el Gobierno ha anunciado que incluirá algunas «modificaciones» para que los autónomos con deudas pendientes hasta el 30 de septiembre también puedan acceder a ellas. ATA asegura que los cambios siguen dejando fuera a buena parte del colectivo que no tiene gastos que presentar. 

El Gobierno está preparando «algunas modificaciones» para incluir en el Real Decreto-Ley 5/2021 que establece los requisitos para acceder a las famosas ayudas directas. Siete meses después de la entrada en vigor de esta Ley, las comunidades autónomas, que son las encargadas de gestionar estos 7.000 millones de euros, no habrían asignado ni si quiera la mitad de los fondos que deberían haberse destinado a los autónomos y negocios más afectados por la crisis, a pesar de que algunas como Andalucía han llegado a prorrogar hasta cuatro veces sus convocatorias. 

El Gobierno quiere, por un lado, «permitir que se puedan ampliar estas órdenes» y dejar más tiempo abiertas las convocatorias. Por otro lado, se incluirán «modificaciones» en el requisito que más exclusiones habría provocado, que es la condición de tener deudas pendientes para cobrar las subvenciones. «Hemos incluido que las facturas pendientes -y subvencionables-, que antes eran hasta el 31 de mayo, ahora sean hasta el 30 de septiembre«, explicó la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, en la comparecencia posterior al Consejo de Ministros. 

A pesar de los cambios, según el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, se seguirá dejando «de lado a los autónomos», porque el problema de acceso a las ayudas no es sólo el plazo hasta el que las deudas son consideradas subvencionables, sino que «miles de autónomos que han tenido pérdidas del 80%» no tienen gastos que presentar, como pueden ser los fisioterapeutas, guías turísticos o fotógrafos. ATA y varios sectores pedían la eliminación de este requisito, y no que se ampliara su plazo.

Por otro lado, se prevé una modificación en el Real Decreto para incluir las «pérdidas contables» como concepto subvencionable, añadió la portavoz del Gobierno. Cuestión que, para ATA, tampoco solucionaría el problema de acceso a las ayudas, ya que estas pérdidas contables no las podrían presentar los autónomos en módulos ni en estimación directa, que no tienen obligación de tener contabilidad.

Se amplían las ayudas pero sólo a autónomos con deudas pendientes hasta septiembre 

A expensas de ver cómo se articulan estas «modificaciones» y «aclaraciones» que prepara el Gobierno, diferentes expertos económicos aseguraron a este diario que el cambio que más parece que podría afectar a una parte del colectivo que haya acumulado deudas durante el verano o este mismo mes, es el de ampliar cuatro meses más, del 31 de mayo hasta el 30 de septiembre, el periodo en el que las facturas pendientes serían subvencionables. 

Previsiblemente, si se redactara e interpretara esta nueva condición como se ha hecho hasta ahora, los autónomos con cualquier factura -de alquiler, suministros o proveedores-, nóminas u otras deudas generadas en su negocio que estuvieran sin pagar a 30 de septiembre, podrían presentar esas facturas y cobrar el importe correspondiente en ayudas directas, en función de su caída de facturación y por el importe de estas deudas.

Concretamente, hasta ahora, la ley decía que «las ayudas directas recibidas por los autónomos y empresas considerados elegibles tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021″ 

Esto significaría que un autónomo al que le corresponderían 8.000 euros por su volumen de caída de facturación superior al 30% en 2020 respecto a 2019, podría cobrar de esos 8.000 euros el importe que tenga pendiente de pago a 30 de septiembre.  

Ahora bien, respecto a las pérdidas contables, los expertos advierten de lo complicado que podría resultar para las autonomías calcular el umbral de pérdidas -rendimientos netos negativos- que le corresponde a cada solicitante. Y, aunque se simplificara el proceso, «seguiría habiendo muchos autónomos excluidos de esta condición, porque un trabajador por cuenta propia en módulos -fotógrafos, pequeños comerciantes o taxistas-, no tiene obligación de tener una contabilidad y, por tanto, no puede acreditar pérdidas contables», explicó José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos. 

La modificación seguirá «dejando de lado a miles de autónomos»

De hecho, desde ATA advierten que, aunque se haya ampliado el plazo, la reivindicación de trasfondo – de que no sólo se permita pagar deudas pendientes con estas ayudas, si no también los gastos ya abonados, no se ha tenido en cuenta. Los autónomos van a tener que seguir justificando deudas y facturas pendientes para acceder a las ayudas por lo que «el fracaso continuará. Decenas de miles de autónomos quedarán fuera de las ayudas directas aun perdiendo el 80% de su facturación ¿Qué gastos va a justificar un guía turístico, un fotógrafo, un fisioterapeuta, un profesor, un periodista o un traductor? Se quedarán sin ayudas directas», advirtió a través de sus redes sociales el presidente de ATA, Lorenzo Amor. 

Según Amor, el problema de base de estas modificaciones y de la dirección que han llevado estas ayudas directas desde el principio es que no contemplan «la heterogeneidad de nuestro tejido empresarial. Este cambio que introduce el Gobierno permitirá acceder a empresas, pero sigue dejando de lado a los autónomos»,

Y no es porque no se pueda modificar el requisito de las deudas pendientes, «ya que no sería la primera ayuda que se articulara de esta forma. Hay decenas de subvenciones autonómicas que van destinadas, por ejemplo, a cubrir el pago del alquiler, y a las que pueden acceder también los que ya han abonado este pago, con tan sólo acreditar que lo han pagado, no que lo deben. La modificación sigue haciendo un agravio comparativo con los cumplidores, con los que tienen sus pagos al día», explicó José Carlos Piñero, Director del Área Jurídica de ATA. . 

ATA pidió en abril que la ayuda se pudiera gastar en lo que necesite el autónomo para que sean verdaderamente «directas»

ATA ya propuso en abril diez enmiendas para mejorar el decreto de ayudas directas y que verdaderamente pudieran llegar a todos los autónomos que se han visto afectados por la crisis. Una de ellas era precisamente la condición de tener deudas pendientes que ahora el Gobierno pretende «aclarar».

La organización pedía que las ayudas se configuraran como verdaderamente directas y «que se concedieran por la mera concurrencia en el beneficiario de una situación concreta (en este caso la reducción en más del 30% del Volumen Anual de Operaciones o Importe Neto de la Cifra de Negocios), y no bajo la exigencia de hacer algo (satisfacer la deuda)». Es decir, se debería » conceder la ayuda por ser empresario y padecer la crisis, no para hacer algo en concreto», según recogía el documento de la Federación.

En el caso de que no se admitiera esta enmienda y con «con carácter absolutamente subsidiario» -si se mantuviera el requisito de justificar el objetivo de la ayuda y se debiera utilizar para el pago exclusivo de deuda- ATA pidió que se admitiera que la ayuda se destine también al pago de facturas ya pagadas. De lo contrario, «se castiga al autónomo que ha realizado el esfuerzo de atender sus compromisos frente a proveedores, y se premia al que no se ha descapitalizado y ha generado deuda», según apunta el documento.

A día de hoy, y de nuevo a expensas de la  aclaración que pretende hacer el Gobierno, no se ha dado muestras de ir a modificar esta condición en ninguno de los dos sentidos.

Fuente: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/actualidad/gobierno-anuncia-aclaracion-ayudas-directas-que-puedan-cobrar-todos-autonomos-que-tuvieron-perdidas/20210914155334025106.html

 

Los autónomos proponen sustituir la tarifa plana por una ayuda de hasta 9.600 euros

La organización de autónomos UPTA propuso este miércoles una alternativa al «desastre» que ha supuesto la tarifa plana de los autónomos, pues apenas el 17% de sus beneficiarios ha logrado mantener su negocio tras el segundo año de vida. «Es necesario un giro de 180 grados en cuanto a las medidas de apoyo al emprendimiento por cuenta propia. Lo más importante es desarrollar una transformación del trabajo autónomo y que este se base en la intención efectiva por parte del emprendedor de iniciar una actividad económica», defiende la organización.

El modelo diseñado por la organización prima, por encima de todo, proyectos económicos «viables», que acrediten la inversión necesaria para un correcto desarrollo del negocio, y que, además, sirva para cubrir parte de la cuota a la Seguridad Social. En relación con el modelo actual no variaría la prestación que recibe el trabajador por cuenta propia que quiera montar un negocio pero sí el proceso de solicitud y concesión de la misma en base a una justificación concreta de la actividad a desarrollar.

La propuesta de UPTA parte de la base de que al menos un 50% de la ayuda esté dedicada a estas dos premisas, al objeto de garantizar que detrás de cada beneficiario se encuentra un proyecto de negocio real y no «aventuras abocadas al fracaso». Además, defiende la organización, su modelo contribuye a combatir la figura del falso autónomo que surgió con la entrada en vigor de la tarifa plana.

Proliferación del falso autónomo

Apuntan desde la organización representante del colectivo de autónomos que, más allá, este modelo de tarifa plana ha sido el refugio para todas estas actividades de trabajo autónomo fraudulento, como lo ocurrido recientemente con los rider de las plataformas de reparto. Además, existe una suerte de percepción de refugio en el régimen de autónomos para miles de parados de la crisis que deciden emprender un negocio ante las bajo riesgo económico que supone emprender con esta tarifa plana, lo que ha provocado un trasvase del desempleo al Reta en el último año y medio.

Las cuantías que propone UPTA para su modelo van desde los 4.050 euros hasta los 9.600 euros, en función de las particularidades del beneficiario, las mismas con las que se está bonificando a los trabajadores por cuenta propia que se benefician de la tarifa plana. La propuesta, tal y como confirman a elEconomista fuentes de la organización ha sido trasladada al Ministerio de Trabajo y Economía Social para que sea tramitada como parte de la reforma de las políticas activas de empleo.

Fuente: Gonzalo Velarde

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11384523/09/21/Los-autonomos-proponen-sustituir-la-tarifa-plana-por-una-ayuda-de-hasta-9600-euros.html

Estas serán las nuevas cuotas de los autónomos a la Seguridad Social cuando suba el SMI

  • El aumento se congeló en enero como medida de apoyo por la pandemia
  • Subirán las cuotas por contingencias profesionales y cese de actividad
  • La cuota total de autónomos será del 30,6%, frente al 30,3% actual

La subida del Salario Mínimo Interprofesional será «inmediata», según ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El aumento del SMI, que puede ser de 15 euros para 2021 y tener validez en septiembre u octubre, tiene una consecuencia directa para los autónomos: provocará una subida en sus cuotas a la Seguridad Social.

En realidad, se trata de una subida que se había postergado a principios de año. Los Presupuestos Generales de 2021 ya contemplaban un aumento en las cuotas de los autónomos que, debido a la pandemia, primero se congeló hasta mayo de 2021 y posteriormente de forma indefinida a través del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.

En su disposición transitoria cuarta, el documento explica que «mientras no se lleve a cabo la subida del salario mínimo interprofesional para el año 2021 no será de aplicación» la subida en las cuotas que había previsto el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

En este documento aparecen las subidas de las cuotas que afectarán a los autónomos si finalmente sube el Salario Mínimo Interprofesional. Este aumento afecta a la parte de la cuota por contingencias profesionales, que pasa de un 1,1 a un 1,3%, y a la parte de la cuota por cese de actividad, que sube de un 0,8 a un 0,9%.

Estos dos aumentos dejarán la cuota total de autónomos en un 30,6% frente al 30,3% actual que los trabajadores por cuenta propia han de abonar a la Seguridad Social. Las cuotas por contingencias comunes y por formación profesional se mantienen en un 28,3% y un 0,1%, respectivamente.

¿Cuántos euros subirá la cuota de autónomos?

Los autónomos notarán en el pago de cada mes el impacto de esta subida. Todo, como siempre, dependerá de la base de cotización que tengan:

-Para un autónomo con la base mínima (944,40 euros mensuales), el aumento en sus cuotas será de unos tres euros, pasando la cuota de 286 a 289 euros al mes.

-Para un autónomo con la base máxima (4.070,10 euros mensuales), la subida en su cuota será de unos 12 euros, pasando de 1.233 a 1.245 euros.

Esas son las subidas para las bases que hacen de tope, pero en el caso, por ejemplo, de un autónomo que tenga una base de cotización de 2.000 euros, el aumento será de unos seis euros, pasando su cuota de 606 a 612 euros mensuales.

Fuente: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11375549/09/21/Estas-seran-las-nuevas-cuotas-de-los-autonomos-a-la-Seguridad-Social-cuando-suba-el-SMI.html


Los autónomos apremian a Economía para ‘liberar’ 5.000 millones de ayudas directas aún sin conceder

Las pymes y autónomos buscan la forma de mejorar las condiciones de acceso al fondo de ayudas directas activado por el Gobierno hace ya cuatro meses y del que el 60%, casi 5.000 millones de euros, sigue sin concederse debido a los estrictos requisitos impuestos por el Ministerio de Economía para el reparto de estas ayudas. Según fuentes involucradas en la negociación para dar salida a este paquete de financiación, septiembre se presenta como el mes clave para la resolver el bloqueo ya que en muchos casos ya habrá finalizado la primera convocatoria de solicitud y se podrá apreciar la coyuntura del colectivo tras el paso de verano, cuando volverán a reducirse los niveles de actividad por el repliegue del turismo y la demanda de servicios.

De momento, de cara a ese próximo mes crucial para los autónomos y pymes, y principalmente en los sectores sujetos a la actividad turística, la ministra de Economía, Nadia Calviño, cuenta con al menos dos propuestas por parte del colectivo para facilitar la concesión de las ayudas. Por un lado, está la posibilidad de que puedan ser usados para liquidar las deudas tributarias y los aplazamientos solicitados por pymes y autónomos tanto a la Seguridad Social como a la Agencia Tributaria; y por otro, también se medita la opción de extender la ayuda para devolver aquellos préstamos extrabancarios solicitados por los trabajadores por cuenta propia para sostener sus negocios, con fecha previa a la aprobación en mayo del fondo de rescate, y que han soportado los familiares y amigos de los afectados, principalmente.

Ahora, si bien desde el Gobierno no han confirman al este medio que se actúe por alguna de estas vías, sí que fuentes cercanas al Ministerio apuntan la posibilidad de que se de una nueva vuelta al pliego de condiciones. Cabe recordar, que ya a los pocos días de aprobar el Consejo de Ministros este paquete de ayudas a finales del mes de abril, se tuvo que ampliar en nuevo decreto la discrecionalidad de las concesiones a más ramas de actividad de las previstas en un principio por Economía -al considerarse las más afectadas por las restricciones y la crisis sanitaria- en función de las necesidades en cada autonomía.

Doble beneficio para el Estado

Uno de los puntos clave de la propuesta que ha hecho llegar UPTA, una de las asociaciones representantes del colectivo al Gabinete de la vicepresidenta del Gobierno, Nadia Calviño, está en que si este dinero fuera a parar a la liquidación de atrasos y pagos de los autónomos y pymes con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, se lograría un doble beneficio. Por un lado permitiría al Estado recuperar o cobrar parte de estos pagos demorados, que suponen una deuda de facto con la Administración Pública y por otro lado supondría que los afectados podrían volver a solicitar el resto de ayudas públicas desplegadas para el colectivo a nivel regional y local, ya que un requisito imprescindible en todas estas solicitudes es encontrarse al corriente de pago con las administraciones del Estado.

Por su parte, el presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, valora que «el diálogo social en estos momentos está funcionando», pero exige al Gobierno de España que «escuche las demandas de ATA», en relación a las ayudas de 7.000 millones de euros para el colectivo de trabajadores por cuenta propia. Amor asegura que sus demandas se han tenido en cuenta en materia de los expedientes de regulación temporal de empleo (Erte) y en el cese de actividad, medidas que, a su juicio, «han paliado en gran medida la destrucción de empleo». «Son aspectos en los que el Gobierno ha ayudado socialmente a muchos autónomos y trabajadores», apunta.

El presidente de los autónomos ha señalado la gran «importancia» de las cifras de creación de autónomos en Andalucía -18.000- que se traducen en la generación de «50 autónomos cada día». Así, asegura que «Andalucía se va a convertir en locomotora de creación de empresas, autónomos y empleo» en los próximos meses.

Modificar requisitos

Para el colectivo de autónomos, el Gobierno debe establecer mecanismos que permitan a las comunidades autónomas cambiar las órdenes de ayuda y «con ello conseguir un doble efecto, por un lado, saldar deudas existentes con la administración central y por otro que los autónomos puedan acogerse a las ayudas de todas las administraciones».

Aseguran que uno de los principales problemas de este plan de ayudas reside en la obligatoriedad de mantener deudas vivas con proveedores o suministradores de bienes o servicios con anterioridad a la fecha de publicación del Real Decreto, además de establecer unos determinados supuestos que hacen referencia a las pérdidas contables, que al fin y al cabo aluden a gastos sin abonar por parte de la sociedad.

Asfixia de las pymes

La portavoz del PP en la Región de Murcia, Miriam Guardiola, denunciaba este lunes que «los autónomos y el pequeño y mediano comercio, pagamos la luz más cara de toda Europa», un hecho que supone «un pago de entre 200 y 300 euros más de media mensuales, un 35% más con respecto al año anterior», informaron fuentes del partido en un comunicado.

La popular apuntó así que «mientas Sánchez está de vacaciones, miles de autónomos y miles pymes están en la cuerda floja». «Son más de tres millones de autónomas en España, y más de 100 mil en la Región de Murcia, miles de comercios y empresarios», apunta. Asimismo, la diputada subraya que «desde el PP proponemos bajada de impuestos, bajada de tasas y que solo se pague por la energía consumida», para añadir que «solo así conseguiremos abaratar el precio de la luz».

En este sentido, Guardiola también destaca que «ahora que parece que se veía algo de luz, tras la crisis de la pandemia, al Ejecutivo de Sánchez no se le ocurre mejor idea que atacar directamente sobre los costes fijos de los comerciantes y empresarios», teniendo como consecuencia «la gran caída de la facturación y, en muchos casos, el inevitable cierre del negocio«. Y apuntaba que «desde primeros de junio estamos viendo cómo el coste de la energía ha ido subiendo, hasta alcanzar en agosto, en plena ola de calor, cifras desorbitadas, coincidiendo los tramos más caros del precio de la luz coinciden con el horario de la actividad comercial».

Fuente:

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11361873/08/21/Los-autonomos-apremian-a-Economia-para-liberar-5000-millones-de-ayudas-directas-aun-sin-conceder.html

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Autónomos en España: cómo afecta y cuánto sube la cuota con la subida del SMI

Si sube el SMI suben un 0,3% las cuotas de autónomos 

Desde el Ministerio de Asuntos Económicos no han especificado la cuantía del posible aumento del SMI, que actualmente es de 950 euros. Aunque la decisión de subir el SMI en los próximos meses aun no se ha tomado, la previsión es que vaya subiendo con el paso de los meses hasta alcanzar, al menos, los 1.094 euros en el 2023.

La subida no solo afectaría a los trabajadores por cuenta ajena y empresarios, también impactaría de manera directa en los autónomos y en la cuota mensual que pagan a la Seguridad Social. Si se sube el SMI, las cuotas de autónomos por contingencias profesionales y por cese de actividad pasarán de un 30,3% a un 30,6%. Las cuotas que no aumentarían su cuantía son las de contingencias comunes y la de formación profesional.

Por lo tanto, la cotización por la base mínima pasaría de 286 euros a 289 euros, en el peor de los casosLa cotización por la base máxima subiría de 1.233 euros a 1.245 euros mensuales. Este aumento supondría una subida de 36 euros anuales para los autónomos que cotizan la base mínima y de 144 euros para los que cotizan el máximo. Se trata de una subida que ya estaba planeada, ya que se incluía en los Presupuestos generales de 2021, pero que finalmente no se llevó a cabo por la complicada situación económica que atraviesa el país a raíz de la pandemia. 

Paralizada la reforma de la cotización de los autónomos

La reforma que estudiaba el Gobierno para que los autónomos coticen los ingresos reales está paralizada. Aún así, la intención del Gobierno de Pedro Sánchez, si la medida se lleva a cabo finalmente y es aprobada en el Congreso de los Diputados, es que entre en vigor en el 2023. Esta nueva normativa sería negativa para los trabajadores por cuenta propia, que empezarían a pagar hasta 934 euros más al mes.

Fuente: https://as.com/diarioas/2021/08/05/actualidad/1628152629_856449.html

El Gobierno crea una web para intentar contestar la avalancha de preguntas de los autónomos sobre los fondos europeos

Los autónomos deberían ser una parte crucial para la ejecución del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR) que el Gobierno quiere poner en marcha en los próximos años. Ante ello, el Ejecutivo lanzó la semana pasada una nueva página web para dar respuesta a la avalancha de preguntas que se hacen los trabajadores por cuenta propia sobre los fondos Next Generation. A través de este nuevo portal, se les vuelve a informar someramente sobre cómo se va a repartir el dinero que debe llegar de Europa y sobre su gestión a través de las comunidades autónomas. También aborda las convocatorias abiertas en la actualidad, presenta algunas a las que los autónomos ya pueden acceder desde hoy y un buscador. 

Este plan financiado por la UE cuenta con un presupuesto de 140.000 millones de euros, de los cuales alrededor de 72.000 son ayudas fondo perdido. Se trata de subvenciones que se focalizan en los nuevos modelos energéticos, la movilidad eléctrica, I+D y formación. Entre todos ellos, destaca un objetivo fundamental que es específicamente la digitalización del tejido productivo español. El 17% del presupuesto de este plan irá destinado a autónomos y pequeños negocios en materia de digitalización. Sin embargo este nuevo portal web no aborda la cuestión esencial de dónde y cómo pueden acceder los trabajadores por cuenta propia a estas ayudas.

¿Quiénes pueden acceder a este plan? ¿Cuál es la cuantía de las ayudas? ¿Son a fondo perdido? ¿Hasta cuándo pueden solicitarse? Estas pueden ser alguna de las preguntas que muchos autónomos se estén haciendo respecto a al PRTR. Por el contrario, los trabajadores por cuenta propia que naveguen por este nuevo portal web del Gobierno no conseguirán respuestas detalladas del PRTR.

Un buscador de licitaciones y subvenciones para los autónomos

La nueva página del Gobierno enfocada a los fondos se limita a señalar que, conforme vaya llegando el dinero y se vayan activando las iniciativas, se irá publicando convocatorias de ayudas o de licitaciones en los ministerios, las empresas públicas estatales, las comunidades autónomas y los ayuntamientos u otras entidades locales.

El Ejecutivo ha dispuesto en esta nueva web un buscador o asistente de búsqueda para que los trabajadores por cuenta propia puedan acceder a las subvenciones, quizás lo más llamativo y útil de todo el portal. Para ello, el propio buscador irá preguntando al trabajador por cuenta propia respecto a la categoría que quiera acceder, ya sea una licitación pública o una ayuda. Asimismo, irá guiando al emprendedor si tiene o no experiencia previa en solicitudes de este tipo. De este modo, el trabajador por cuenta propia podrá buscar por actividad económica, organismo o ubicación geográfica.

Convocatorias a las que ya pueden acceder a los autónomos

Aunque muchos de los proyectos aún no se han puesto en marcha, éstos se irán ejecutando dentro de un marco estratégico de actuación, actualmente los autónomos ya pueden acceder a distintas convocatorias de ayudas entre las que destacan las siguientes:

  • Fondo Next Tech: Tiene como objetivo fomentar el desarrollo de proyectos digitales innovadores de alto impacto y la inversión en empresas en crecimiento (scale-ups).
  • Plan Moves III: Ayudas para la compra de vehículos eléctricos e híbridos enchufables como turismos, furgonetas o motos, así como la adquisición e instalación de infraestructuras de recarga de acceso público y de uso privado.
  • Rehabilitación energética de edificios
  • Integración de la Inteligencia Artificial y la robotización: Se financiará proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental para la transformación digital de la economía y la sociedad en materia de inteligencia artificial.
  • Emprendedoras digitales: Se busca apoyar e impulsar, a través de la financiación, proyectos de emprendimiento digital femenino y reducir la brecha de género existente en este ámbito.
  • Proyectos de Investigación de Medicina Personalizada de Precisión: En esta materia, el Ejecutivo quiere fomentar el despliegue progresivo de la medicina personalizada de precisión en el sistema sanitario mediante la financiación de proyectos de I+D+I que hagan posible el desarrollo e implantación de acciones clínico-asistenciales que, bajo el concepto global de la medicina de precisión, permitan incrementar la eficacia en personas y servicios de salud de diferentes procedimientos de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.

El portal no entra en detalle sobre los objetivos para los autónomos

Ante la pregunta, “¿De qué manera tiene en cuenta el Plan de Recuperación a las pymes?”, el nuevo portal del Gobierno vuelve a enumerar los proyectos del plan y a derivar la búsqueda al dossier de 76 páginas de ‘Impulso a la Pyme’. Estos son algunos de los proyectos que el Ejecutivo menciona en su nuevo portal web :

  • La implantación del Programa Digital Toolkit para un millón de pequeños negocios: Este proyecto tiene como objetivo impulsar la digitalización de las pequeñas empresas (10 a 49 empleados), las microempresas (1 a 9 empleados) y los trabajadores autónomos de cualquier sector, elevando su nivel de madurez digital. Asimismo, la selección de los beneficiarios de esta ayudase realizará mediante convocatorias en concurrencia no competitiva. En este sentido, el programa subvencionará parcialmente la adopción de soluciones digitales básicas como la presencia en Internet de los negocios, la venta electrónica, ciberseguridad o marketing digital.
  • Programas Agentes de Cambio: Este programa tiene como objetivo apoyar al menos a 15.000 pequeños negocios y autónomos españoles en sus procesos de transformación digital. En especial, una ayuda para la incorporación de un profesional experto en digitalización durante un año con un importe máximo de 20.000 euros. Cabe destacar, que esta ayuda será exclusiva para los negocios que estuvieses adscritos a la Seguridad Social con fecha anterior a octubre de 2020.
  • Acelera PYME 2.0: A través de este proyecto, el Gobierno invertirá en ampliar la infraestructura de apoyo a la digitalización de los pequeños negocios. Para ello, pondrá en marcha servicios de asesoramiento y formación. En este sentido, se trataría de un órgano que actuaría como plataforma de asesoramiento, acompañamiento y soporte de todos los programas mencionados anteriormente.
  • Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras: Por otro lado, este programa busca fortalecer la cadena de valor de los diferentes sectores industriales, fomentando su digitalización y ayudando a las pymes para que no se queden atrás en la revolución digital.
  • Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH): Se trata de un Programa de apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH), como estructuras de soporte que ayudan a las empresas a ser más competitivas, a través de la mejora de sus procesos de negocio y productivos a través del uso intensivo de las tecnologías digitales.
  • Plan de internacionalización para los pequeños negocios: Alrededor de 2.500 negocios podrán participar en proyecto de apoyo para su internalización. Para ello se apostará por una política activa de apertura de mercados y de lucha contra el proteccionismo, junto a un acompañamiento de las instituciones en materia financiera y de formación.
  • Estrategias de emprendimiento: Dicha estrategia contempla un conjunto de instrumentos para apoyar el emprendimiento innovador, incluyendo una Ley de startups, para crear un marco favorable para la constitución y crecimiento de empresas emergentes altamente innovadoras, y un fondo público-privado NEXT-TECH para escalar las start-ups en tecnologías disruptivas. Esta acción tendrá como objetivo a 6.900 emprendedores, de los cuales 2.000 irán dirigidas a autónomas y propietarias de negocios.

Fuente: ÁLVARO PÉREZ

https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/todo-digital/gobierno-crea-web-intentar-contestar-avalancha-preguntas-autonomos-fondos-europeos/20210726141936024873.html?utm_source=social&utm_medium=whatsapp&utm_campaign=share_button

¿Cuándo puede cambiar un autónomo de estimación directa a módulos?

Los autónomos cuentan con dos formas de calcular el IRPF que tendrán que abonar a Hacienda cada trimestre: el sistema de estimación directa y el de estimación objetiva. Sin embargo, no todos los trabajadores por cuenta propia tienen el poder de decisión para elegir un sistema u otro, pero algunos pueden cotizar en cualquiera de los dos.

Sistema de estimación directa

El sistema de estimación directa es el régimen de tributación del IRPF al que pertenece la gran mayoría del colectivo. No obstante, formar parte de él depende del volumen de facturación y el tipo de actividad que se desarrolle, por lo que no cualquier trabajador puede incluirse en él.

Este régimen tiendo dos vertientes que se diferencian por el resultado del cálculo de los rendimientos de sus actividades económicas: normal o simplificada.

Estimación directa normal

Dentro de este sistema se incluyen aquellos profesionales cuya cifra de negocio supere los 600.000 euros al año. Sin embargo, también se puede formar parte de él de manera voluntaria, aunque el resultado sea inferior.

Estimación directa simplificada

A este régimen pertenecen todos aquellos autónomos cuya cifra anual de negocio sea inferior a los 600.000 euros. También pueden formar parte aquellos cuya actividad no forma parte del régimen de estimación objetiva o no forma parte del régimen de estimación directa normal.

Sistema de estimación objetiva

El sistema de módulos, o estimación objetiva, se diferencia de los otros dos regímenes en que los impuestos no se miden en función del beneficio recaudado. En su lugar, se abonan según los parámetros que establece la Administración: los módulos.

Esto se debe a que es muy habitual que determinados autónomos cobren a sus clientes en efectivo, como los bares, los restaurantes, las carnicerías y pescaderías, entre otros pequeños negocios similares.

¿Cuándo puedo cambiar de sistema de tributación como autónomo?

No todos los autónomos pueden, es necesario que se cumplan ciertos requisitos. No obstante, aquellos que si pueden cambiar la opción de estimación directa a estimación objetiva o de objetiva a directa deben hacerlo en el mes de diciembre; para que el cambio se haga efectivo al empezar el siguiente año. Aunque también se puede llevar a cabo este cambio en el primer trimestre del año, presentando el modelo de pago a cuenta del IRPF que corresponda a la estimación elegida.

Para poder llevar a cabo este cambio, los requisitos son los siguientes:

– Llevar a cabo una actividad que esté incluida en la Orden que desarrolla el Régimen de Estimación Objetiva.

– No superar los límites establecidos de facturación para cada actividad.

– El volumen de ventas del ejercicio anterior no puede superar los 250.000 euros.

– Las facturas no pueden superar los 125.000 euros anuales.

– El volumen de compras no debe supere los 250.000 euros.

– No haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado de IVA o IGIC canario, o los regímenes especiales especial de Agricultura, Pesca o Ganadería.

– No realizar otras actividades que tributen en Estimación Directa Normal o Simplificada.

Foto: Foto: Dreamstime

Fuente: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11317303/07/21/Cuando-puede-cambiar-un-autonomo-de-estimacion-directa-a-modulos.html